N° 5475/2015 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 22 - SECRETARÍA NRO. 43
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 22 - SECRETARÍA NRO. 43
En los autos caratulados: “ASOCIACIÓN DE DEFENSA DEL ASEGURADO, CONSUMIDORES Y USUARIOS
-ADACU- ASOCIACIÓN CIVIL c/ CHUBB SEGUROS SA s/ORDINARIO”, Expte. N° 5475/2015, se dispuso comunicar
mediante la publicación de avisos por (3) tres días en el Boletín Oficial que se dio curso formal al proceso colectivo
en trámite por ante el Juzgado Nacional en lo Comercial N° 22, Secretaría N° 43, sito en M. T. de Alvear 1840, piso
3°, of. 342, CABA. El proceso mencionado involucra a los trabajadores asegurados en la aseguradora demandada
(Chubb Seguros SA -antes ACE Seguros SA) por seguros de vida contratados colectivamente en los términos
del art. 25.3.5 del RGAA, a quienes no se les entregaron los certificados de incorporación, ni los individuales
de cobertura, en cumplimiento con lo estipulado en el apartado 25.3 del Reglamento General de la Actividad
Aseguradora, cuyos beneficiarios o asegurados inválidos, ante la ocurrencia del siniestro, se habrían visto privados
de percibir las indemnizaciones a las que tendrían derecho por la producción de los siniestros amparados por
la póliza, o cuando sólo habrían cobrado una parte de ella, por los hechos ocurridos a partir de los tres años
anteriores a la promoción de esta demanda (16/03/2015), sin perjuicio de lo que pueda decidirse, oportunamente,
respecto de la dispensa de prescripción invocada por la accionante en el apartado II.b) de la presentación de fecha
30/06/22, haciendo saber que la eventual sentencia a dictarse hará cosa juzgada para las demandadas y para
todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que, dentro
de plazo de (30) treinta días contados a partir del último día de publicidad ordenada, manifiesten en el expediente
su voluntad en contrario (art. 54 LDC), y que podrán consultar los autos en el Tribunal los días lunes a viernes entre
las 7,30 y 13,30 horas. FERNANDO G. D’ALESSANDRO Juez - MARIANA MACEDO ALBORNOZ SECRETARIA
e. 31/07/2024 N° 49302/24 v. 02/08/2024