N° 51965/24 Aviso del Boletín Oficial
ZEGG SERVICIOS INTEGRADOS S.A.
Texto del aviso
ZEGG SERVICIOS INTEGRADOS S.A.
Se hace saber que mediante Escritura Pública de fecha 05/08/2024 celebrada ante la Escribana Carolina Ortega,
Andrés Guaragna, argentino, Documento Nacional de Identidad número 26.401.941, CUIT 23-26401941-9, nacido
el 29 de Diciembre de 1977, casado, licenciado y domiciliado en Estanislao Zeballos N° 4920 CABA y Santiago
José María Tassano Viaña, argentino, Documento Nacional de Identidad número 29.040.342, CUIT 20-29040342-
2, nacido el 18 de Agosto de 1981, casado, licenciado y domiciliado en José Hernández N° 1630, Piso 5°,
Departamento “A”, CABA, han resuelto constituir una sociedad anónima de acuerdo con la ley 19.550 y sus
modificaciones, que se denominará “ZEGG SERVICIOS INTEGRADOS S.A.”. La sociedad tendrá su Sede Social
en Lavalleja N° 1084, Piso 1°, Departamento “B”, CABA, siendo la fecha del cierre económico el 31/12 de cada año.
Su duración será de 99 años contados a partir de la fecha de inscripción en la IGJ y tiene por objeto dedicarse por
cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero a
las siguientes actividades: a) comercialización de productos y/o servicios y/o uso de softwares y/o aplicaciones
para el beneficio de individuos y personas jurídicas; b) el desarrollo y creación de softwares y/o aplicaciones
digitales; c) realización de inversiones y/u operaciones financieras, como ser, otorgamiento de créditos, con o sin
garantías reales, aporte de capitales a sociedades por acciones constituidas o a constituirse y para negocios
realizados o a realizarse y la financiación de operaciones comprendidas en el objeto social. Se excluyen las
operaciones comprendidas en el decreto 18061/69 y toda otra que requiera concurso público, quedando
expresamente excluidas las actividades financieras comprendidas en la Ley de Entidades Financieras (Ley N
21.526); d) administrar en fiducia y/o por cuenta de terceros como depositario en garantía, cualquier tipo de
empresa, inversiones y/o negocios financieros, brindar soporte administrativo, ejercer todo tipo de representaciones,
cobranzas, comisiones, mandatos, y consignaciones en general, o brindar servicios de renta y amortización,
administración de cartera de valores y cualquier actividad permitida por la normativa vigente en la materia, inclusive
la de agente colocador de cuotas partes de fondos comunes de inversión previa autorización de los organismos
competentes correspondientes; e) constituir fondos de inversión y desempeñarse como Agente de Administración
de Productos de Inversión Colectiva - Fondos Comunes de Inversión en los términos de la ley 24.083 y la ley
26.831, sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias, registrada debidamente ante la Comisión
Nacional de Valores y la actividad complementaria que autorice la normativa aplicable; f) celebrar o aceptar
contratos de fideicomiso en los que la sociedad asuma el carácter de fiduciante, fiduciario, beneficiario o
fideicomisario, titular o sustituto, o en los que asuma varios roles en forma simultánea o sucesiva siempre y cuando
tales roles puedan desarrollarse simultánea o sucesivamente, que tengan por objeto inmuebles, muebles, créditos
o cualquier otro bien o valor susceptible de ser transferido en propiedad fiduciaria, en cualquiera de las modalidades
que el contrato de fideicomiso pueda revestir, incluyendo sin limitación: fideicomiso de garantía, fideicomiso de
administración, fideicomiso testamentario, fideicomiso financiero; g) actuar como fiduciario y/o fiduciario financiero
y/o fiduciario financiero público en los términos del Artículo 1673 del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley
26.994 según fuera modificada por la Ley 27.440); h) proveer, coordinar, promover, combinar y comercializar
servicios en el formato de beneficios para empleados de empresas públicas, privadas y/o mixtas; i) brindar
asesoramiento en la definición, desarrollo e implementación de soluciones digitales tendientes a maximizar el
beneficio de usuarios y clientes de servicios. La Sociedad podrá para el cumplimiento de sus fines, realizar todos
los actos y negocios permitidos por la ley, como también actuar ante la administración pública y tribunales
administrativos y/o de justicia de cualquier fuero o jurisdicción. A tales fines, la Sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o
por este estatuto. El capital social es de $ 50.000.000 representado por: 25.050.000 acciones ordinarias nominativas
no endosables de $ 1 de valor nominal cada una y de 3 votos por acción, denominadas acciones clase A y por
24.950.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 de valor nominal cada una y de 1 voto por
acción, denominadas acciones clase B., totalmente suscriptas por cada uno de los accionistas de acuerdo al
siguiente detalle: Andrés Guaragna suscribe 12.525.000 acciones clase “A” y 12.475.000 acciones clase “B” y
Santiago José María Tassano Viaña suscribe 12.525.000 acciones clase “A” y 12.475.000 acciones clase “B”. Las
acciones son libremente transmisibles entre los accionistas, debiendo acudir al siguiente procedimiento previo
para que cualquiera de los mismos pueda transmitir, parcial o totalmente, sus acciones a cualquiera de los otros
accionistas o terceros ajenos a los mismos (en adelante el/los “Tercero/s”): el accionista que desee transferir (en
adelante el “Vendedor”) parte o todo su porcentaje de las acciones de la Sociedad (en adelante las “Acciones
Ofrecidas”) a Terceros, deberá previamente notificar por escrito y en forma fehaciente a los otros accionistas (en
adelante la “Otra Parte”), en sus respectivos domicilios, la cantidad de Acciones Ofrecidas y el precio y condiciones
de venta de dichas Acciones Ofrecidas y los datos completos del Tercero comprador (en adelante la “Oferta”). La
notificación de la Oferta constituirá una solicitud fehaciente de autorización y conformidad con la transferencia de
las Acciones Ofrecidas al Tercero y, eventualmente ante el silencio y/o autorización expresa unánime de todos los
accionistas, una oferta irrevocable de venta de las Acciones Ofrecidas. Dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos
de notificada fehacientemente la Otra Parte de la Oferta (en adelante el “Plazo”), la Otra Parte tendrá derecho a: (i)
aceptar expresamente la realización de la compraventa de Acciones Ofrecidas por parte del Vendedor con el
Tercero en el marco de la Oferta; o (ii) mantenerse en silencio respecto la realización de la compraventa de Acciones
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.479 - Segunda Sección 15 Viernes 9 de agosto de 2024
Ofrecidas por parte del Vendedor con el Tercero en el marco de la Oferta; o (iii) ejercer el derecho de preferencia
para adquirir las Acciones Ofrecidas en las mismas condiciones que las establecidas en la Oferta. En caso que la
Otra Parte no notificare al Vendedor su intención de ejercer su derecho de preferencia dentro del Plazo y siempre
y cuando se haya mantenido en silencio y/o aceptado expresamente la celebración de la compraventa entre el
Vendedor y el Tercero de las Acciones Ofrecidas en el marco de la Oferta, se considerará que el Vendedor podrá
vender las Acciones objeto de la Oferta al Tercero en las condiciones allí establecidas y la transacción deberá ser
completada dentro del plazo máximo de 30 (treinta) días corridos contados desde la fecha de vencimiento del
Plazo. El plazo para la celebración de la transacción se considerará vencido si dentro de los 30 (treinta) días
corridos, el Vendedor no le notificara fehacientemente a la Sociedad la ejecución de la compraventa en cuestión.
El Vendedor deberá transferir las Acciones Ofrecidas en un todo de acuerdo a la Oferta presentada, cualquier
cambio en la misma (precio, condiciones, comprador) será considerada como una oferta distinta a la Oferta y para
su validez, el Vendedor deberá notificar fehacientemente a los demás accionistas de los cambios en la misma,
quienes la considerarán como una nueva oferta de venta, rigiendo los plazos estipulados en el párrafo anterior. Si
más de un accionista ejerciera el derecho de preferencia, las Acciones Ofrecidas se distribuirán en proporción a
sus tenencias respecto del total de Acciones que ejercen dicho derecho. La notificación de la Oferta deberá
contener: (i) Nombre y dirección del tercero oferente, (ii) el precio por Acción ofrecido por el Tercero oferente, (iii)
cualesquiera otros términos y condiciones de la Oferta que sean materiales para una correcta evaluación de la
transacción por parte del Otra Parte. La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio integrado
por el número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de 1 y un máximo de 5, los que durarán 3
ejercicios en sus cargos. Se designan para integrar el directorio: Presidente y Director Titular único: Andrés
Guaragna y Director Suplente: Santiago José María Tassano Viaña; quienes aceptaron los cargos y constituyeron
domicilio especial en Lavalleja N° 1084, Piso 1°, Departamento “B”, CABA. La representación legal de la Sociedad
y uso de la firma social corresponden al Presidente o al Vicepresidente en caso de ausencia o impedimento del
Presidente Autorizado según instrumento público Esc. Nº 44 de fecha 05/08/2024 Reg. Nº 4810
Nicolas Santurio - T°: 73 F°: 163 C.P.A.C.F.
e. 09/08/2024 N° 51965/24 v. 09/08/2024