N° 2467/2021 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 31
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 31
El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nº 16, a cargo del Dr. Diego Manuel Paz Saravia, Secretaría
Nº 31, que desempeña el Dr. Pablo Javier Ibarzabal, sito en Av. Callao 635, PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, comunica por cinco (5) días que en los autos caratulados “SALUD EN EL HOGAR S.R.L. s /QUIEBRA”,
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.483 - Segunda Sección 67 Jueves 15 de agosto de 2024
expte. N° 2467/2021, se decretó la quiebra el 28.05.2024 de SALUD EN EL HOGAR S.R.L., CUIT 30-57437826-1,
resultando sorteado síndico el Cdor. Ricardo Oscar García, con domicilio en Lavalle Nº 1206, 2º “C”, CABA, tel: 11-
20644515, 11-20638417 y 11-53727290, correo electrónico estudiovallejosgarcia@gmail.com y estudioricargarcia@
gmail.com, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 23 de
octubre de 2024. Los pedidos de verificación deberán ser enviados a la casilla de correo electrónico del Síndico
estudioricargarcia@gmail.com. Los correos electrónicos deberán enviarse conforme las pautas fijadas en el auto
de apertura que puede ser consultado en el sitio web del PJN.gov.ar. Deberá denunciarse junto con la información
que exige la LCQ 32, la dirección de correo electrónico y un teléfono de contacto para que la sindicatura pueda
comunicarse en su caso a los fines previstos por la LCQ 33. Dentro de las 24 hs. del vencimiento del plazo
para solicitar la verificación de los créditos, cualquier interesado podrá acceder al link creado por la sindicatura
donde se podrán visualizar la totalidad de las peticiones recibidas y anexos, y se podrán presentar las eventuales
observaciones y/o impugnaciones previstas en el art. 34 LCQ, que vencen el día 7 de noviembre de 2024. El
síndico deberá presentar el informe individual de créditos previsto por el art. 35 LCQ el día 6 de diciembre de
2024 y el informe general del art. 39 LCQ el día 24 de febrero de 2025. Intímese a la fallida, sus administradores y
terceros para que, dentro del quinto día, entreguen o pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes de
la deudora. Intímese a la fallida para que en el plazo de cinco días cumpla con los requisitos del art. 86 de la LCQ,
y para que dentro de las 24 hs. entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada
con la contabilidad, prohibiéndose a los terceros hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Intímase a la
fallida y a sus administradores a constituir domicilio procesal dentro del radio del Juzgado dentro de las 48 hs.,
bajo apercibimiento de notificarle las sucesivas resoluciones en los estrados del Juzgado. Publíquese por cinco
(5) días en el Boletín Oficial. En Buenos Aires, 13 de agosto de 2024.- FDO.: PABLO JAVIER IBARZABAL. DIEGO
MANUEL PAZ SARAVIA Juez - PABLO JAVIER IBARZABAL SECRETARIO
e. 15/08/2024 N° 53857/24 v. 21/08/2024