W20 Argentina W20Argentina

N° 24/2000 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL DEL TRABAJO NRO. 7 - SECRETARÍA ÚNICA

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES lunes, 19 de agosto de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL DEL TRABAJO NRO. 7 - SECRETARÍA ÚNICA

EDICTO: el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 7, sito en la Av. Presidente Roque Saenz Peña

760 Piso 2° de la Capital Federal, Secretaría Unica, en la causa caratulada “Mohamet Alejandra Silvia v. Isse

Daniel Marcelo s. Despido –Expte. N° 21.660/2013- ha dispuesto la publicación del presente por el plazo de

un día en el Boletín Oficial de la República Argentina, en los términos del art. 136, final, de la ley 18.345 y el art.

566 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a los fines de la notificación la siguiente resolución: “///

nos Aires, 7 de septiembre de 2023 Por acreditada la apertura de cuenta judicial de autos en pesos y dólares.-

Seguidamente, por cuanto en la causa se han observado todos los recaudos preliminares prescriptos en el art.

576 del C.P.C.C.N, corresponde en los términos del art. 577 del mismo ordenamiento, decretar la subasta del

inmueble sito en la calle AV. TRIUNVIRATO 4135 entre ECHEVERRIA y LA PAMPA, UNIDAD FUNCIONAL 20 planta

baja y entrepiso, mediante la intervención de la Sra. Martillera Ana C. Harari –teléfono 0054-911-49456209- la cual

se realizará el día 9 DE SEPTIEMBRE DE 2024 a las 11.15 Hs., EN PUNTO, en la calle Jean Jaures 545 de esta

Ciudad. Denominación y descripción del inmueble: MATRICULA FR 16-26424/20, nomenclatura catastral: Circ. 16,

Sec .51, MZ A. 54, parc.17. Según el mandamiento de constatación del día 29/5/2023 (restituído el 7 /6/2023), se

trata de un local ubicado al fondo de una galería de aproximadamente 6 X 3 metros y que da acceso a un patio

de aproximadamente 10 X 13 metros. Estado de ocupación: en el local funciona una barbería y al momento de

la constatación judicial en el inmueble se identificó una persona llamada Jhon B. Ojeda Reyes DNI 94.923 .850,

quien manifestó ser inquilino del sr. Daniel Isse y que cuenta con un contrato de 2 (dos) años siendo inquilino

desde aproximadamente 5 meses al momento de la constatación, sin exhibir el contrato menciónado. Según el

auto dictado el día 2 DE MAYO DE 2024 fíjase la base en la suma de dólares estadounidenses TREINTA Y OCHO

MIL CINCUENTA Y DOS CON 57/100- U$D 38.052,57-- , ad corpus, todo en dinero en efectivo en el acto de la

subasta y al mejor postor o su equivalente en pesos a la cotización del dólar M.E.P., modo vendedor, publicado

por el Banco de la Nación Argentina en el día anterior a la subasta. Seña : 30% - treinta por ciento- la cual deberá

ser oblada a la Sra. Martillera en el referido acto y a continuación, la auxiliar la depositará en la cuenta de autos.

Fíjase la comisión de la Sra. Martillera en el 3 % - tres por ciento- lo cual deberá ser abonado en el acto antes

ordenado, juntamente con la seña antes establecida. El impuesto prescripto, en la ley 23.349 y sus modificatorias

no se encuentra incluido en la comisión, debiendo ser solventado por el comprador; Arancel de la Oficina de

Subastas Judiciales- Acordada Nº 24/2000-: 0.25% -cero con 25/100 por ciento-; Sellado de ley: 1% - uno por

ciento- en dinero en efectivo en el acto de la subasta, todo a costa del adquirente en tal acto. No se aceptarán

ofertas inferiores a dólares estadounidenses 2.000 - dos mil- v. para ello, el art. 14 de la Resolución Nº 60/20058

del Consejo de la Magistratura del P.J.N.- reglamento al cual deberá sujetarse la Sra. Martillera. Con el propósito

de preservar la transparencia de la subasta que se ordena en la presente, decrétase la prohibición de la compra

en comisión; cesión o transferencia del boleto de compraventa y la compra bajo poder. Prohíbese, asimismo

cualquier forma de compensación por parte del acreedor ejecutante, respecto al bien que se subasta. El impuesto

establecido en el art. 7 de la ley 23.905 no se encuentra incluido en la base antes fijada y, por tanto, deberá ser

solventado por el comprador, antes de transferírsele el bien inmueble. Para tal cometido, se aplicará el sistema

de protocolización delas actuaciones previsto y regulado en el art. 94 del Decreto Nº 466/1999, reglamentario

de la ley 17.801, cuyo correlato procedimental tipifica el art. 587 y conexos del C.P.C.C.N. -v. para ello, L. E.

Palacio “Derecho Procesal Civil, Tomo IV, ps. 782 stes; actualizado por C. E. Camps-. Los gastos que irrogue ello,

encuéntranse a cargo del comprador. Asimismo, se anoticia que el comprador en la subasta deberá: a-constituir

domicilio ad litem físico y electrónico dentro del radio de asiento de este Juzgado- Acordada Nº 38/2013 y conexas

de la C.S.J.N., dentro del plazo de cinco días de la aprobación de la subasta -sin emplazamiento previo- deberá

depositar judicialmente en el B.C.B.A. -Sucursal Tribunales- a la orden de la suscripta y en la cuenta de autos

el saldo del precio y los demás accesorios - con descripción precisa de lo s conceptos que se integran- bajo

conminación de declararlo postor remiso en los términos del art. 584 del C.P.C.C.N. A tal fin se informan los datos

de las cuentas judiciales de la causa: 1) en DOLARES: cuenta judicial nro. 0066-007 Libro 965 Folio 754 DV.1 C.B.U.

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.485 - Segunda Sección 80 Lunes 19 de agosto de 2024

02900759-102330965 07549, 2) en PESOS: cuenta judicial 0006 -007 Libro 1378 Folio 594 DV. 8, C.B.U. 02900759-

00266137805945, ambas en el BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. Deudas del inmueble: Informe AGIP

de la ciudad de Buenos Aires (impuesto inmobiliario y ABL ) Total deuda titular Actual vencida - sede judicial -

importe actualizado al 23/2/2023 $166.988,08 y Total Deuda Mejoras vencidas al 23/2/2023 - sede administrativa

$ 1.369,50.-; Informe de AYSA - Estado de Deuda informado al 23/2/2023 $1.075.668,80.- Expensas: Informe de

expensas comunes al 27/3/2023 indicando saldo deudor a marzo de 2023 de $10.815,20.- Valor del último monto

de las expensas liquidadas: Informe del Estudio Contable y Administración Sebastián Estrada $10.815.08.- Todas

las deudas registradas del inmueble encuéntranse a cargo del adquirente - doctrina de los arts. 1937 y stes. del

C.C.C.N. Es condición inexcusable para la expedición del oficio respectivo al Registro de la Propiedad Inmueble,

el previo y total cumplimiento de todas la condiciones establecidas en la presente. Exhibición del inmueble: 5 y 6

de SEPTIEMBRE DE 2024 ENTRE LAS 12.00 Y LAS 13.00 HS.. Para mayores datos, se anoticia a los eventuales

oferentes que la causa puede ser compulsada mediante el acceso al sitio web del P.J.N. - Sección Consulta de

Causas.- Para concurrir a la subasta, se deberá proceder a la inscripción en el sitio web www.csjn. gov.ar, vínculo

Oficina de Subastas, trámites: turno registro debiéndo se presentaren el día y el horario del acto en la calle Jean

Jaures 545 Planta Baja de esta Ciudad, con el formulario que indica el aludido sitio. Finalmente, en el auto dictado

el día 6 de agosto de 2024, se dispuso:...”En forma liminar, nótase que, en el auto de la subasta decretada por mi

antecesora el día 7 de septiembre de 2023, se estableció -en su décimo segundo apartado- que ...”el impuesto

establecido en el art. 7 de la ley 23.905 no se encuentra incluido en la base antes fijada y, por tanto,deberá ser

solventado por el comprador, antes de transferírsele el bien inmueble...” -mi bastardilla-. Ese gravamen, ha sido

abrogado por el art. 67 de la ley 27.743 -promulgada el día 8 de julio de 2024- fundamento por el cual corresponde

excluirlo del citado auto y del futuro edicto que se publique en la causa -arts. 566 y 577 del C.P.C.C.N. (...)”- Así, se

DECIDE. Publíquese edicto por un día en el Boletín Oficial, tal como lo prescribe el art. 136, final, de la ley 18.345.”.

CLAUDIO F. LOGUARRO Juez - Edgardo F. A. Confalonieri Secretario del Juzgado.

e. 19/08/2024 N° 54795/24 v. 19/08/2024