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N° 2467/2021 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 31

Edictos Judiciales miércoles, 21 de agosto de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 31

El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nº 16, a cargo del Dr. Diego Manuel Paz Saravia, Secretaría

Nº 31, que desempeña el Dr. Pablo Javier Ibarzabal, sito en Av. Callao 635, PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, comunica por cinco (5) días que en los autos caratulados “SALUD EN EL HOGAR S.R.L. s /QUIEBRA”,

expte. N° 2467/2021, se decretó la quiebra el 28.05.2024 de SALUD EN EL HOGAR S.R.L., CUIT 30-57437826-1,

resultando sorteado síndico el Cdor. Ricardo Oscar García, con domicilio en Lavalle Nº 1206, 2º “C”, CABA, tel: 11-

20644515, 11-20638417 y 11-53727290, correo electrónico estudiovallejosgarcia@gmail.com y estudioricargarcia@

gmail.com, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 23 de

octubre de 2024. Los pedidos de verificación deberán ser enviados a la casilla de correo electrónico del Síndico

estudioricargarcia@gmail.com. Los correos electrónicos deberán enviarse conforme las pautas fijadas en el auto

de apertura que puede ser consultado en el sitio web del PJN.gov.ar. Deberá denunciarse junto con la información

que exige la LCQ 32, la dirección de correo electrónico y un teléfono de contacto para que la sindicatura pueda

comunicarse en su caso a los fines previstos por la LCQ 33. Dentro de las 24 hs. del vencimiento del plazo

para solicitar la verificación de los créditos, cualquier interesado podrá acceder al link creado por la sindicatura

donde se podrán visualizar la totalidad de las peticiones recibidas y anexos, y se podrán presentar las eventuales

observaciones y/o impugnaciones previstas en el art. 34 LCQ, que vencen el día 7 de noviembre de 2024. El

síndico deberá presentar el informe individual de créditos previsto por el art. 35 LCQ el día 6 de diciembre de

2024 y el informe general del art. 39 LCQ el día 24 de febrero de 2025. Intímese a la fallida, sus administradores y

terceros para que, dentro del quinto día, entreguen o pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes de

la deudora. Intímese a la fallida para que en el plazo de cinco días cumpla con los requisitos del art. 86 de la LCQ,

y para que dentro de las 24 hs. entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada

con la contabilidad, prohibiéndose a los terceros hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Intímase a la

fallida y a sus administradores a constituir domicilio procesal dentro del radio del Juzgado dentro de las 48 hs.,

bajo apercibimiento de notificarle las sucesivas resoluciones en los estrados del Juzgado. Publíquese por cinco

(5) días en el Boletín Oficial. En Buenos Aires, 13 de agosto de 2024.- FDO.: PABLO JAVIER IBARZABAL. DIEGO

MANUEL PAZ SARAVIA Juez - PABLO JAVIER IBARZABAL SECRETARIO

e. 15/08/2024 N° 53857/24 v. 21/08/2024