N° 55452/24 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17, a cargo del Dr. Federico Alberto Güerri, Secretaría
No. 34, a mi cargo, sito en la calle M.T. Alvear 1840, 3º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica,
por el término de cinco días, que el 07.08.2024 se decretó la quiebra de MARIA EUGENIA CASELLA (DNI NRO.
27.032.602 CUIT 27-27.032.602-7), expte Nro. 13123/2024. El síndico designado es el Cdor. Silvio Ernesto Lauferman,
con domicilio electrónico 20082091778 y domicilio procesal en Av. Corrientes nro. 4280, Piso 7° “C”– CABA.
Hágase saber a los acreedores que deberán solicitar ante la sindicatura, la verificación de sus créditos y presentar
los títulos justificativos de los mismos hasta del 18.10.2024, haciendo saber que vencido el plazo dispuesto no será
recibida pretensión verificatoria alguna.- Se deja constancia que los pedidos verificatorios deberán ser remitidos
mediante correo electrónico a: sincasella@gmail.com en formato PDF.- Los aludidos instrumentos deberán ser
suscriptos con firma electrónica o digital, o bien – llegado el caso – ológrafa previamente impuesta sobre las
piezas en cuestión, haciendo saber que la totalidad de las piezas que se envíen tendrán el carácter de declaración
jurada, con todas las consecuencias que ello implica.- La fecha de envío del correo electrónico pertinente,
valdrá como fecha de presentación de la insinuación verificatoria. Para el caso de encontrarse el crédito sujeto
al pago del arancel previsto en la LCQ 32 deberá adjuntar también el comprobante de pago correspondiente.-
Para su pago, deberá realizarse mediante transferencia a la siguiente cuenta bancaria: Banco Macro S.A. CBU
2590028820082270830149. A los fines de garantizar el derecho impugnatorio reglado por el art. 34 y art 200 de la
ley 24522, los interesados podrán requerir copia de los legajos formados con las distintas insinuaciones a la casilla
de e-mail del funcionario concursal y, en caso de formular observaciones, deberán atenerse –a los fines de su
presentación- a las modalidades precedentemente dispuestas.- El 02.12.2024 y el 07.03.2025 se presentarán los
informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ.- Intimar al fallido y a terceros, dentro de las 72 hs. de notificados y bajo
apercibimiento de girar las actuaciones a Sede Penal, pongan a disposición de la Sindicatura los bienes del deudor
que tengan en su poder, prohibir la realización de pagos al fallido y recibir pagos de aquel, y hacer saber que en
dicho supuesto de efectuarse, serán declarados ineficaces de pleno derecho en los términos del art. 109 LCQ. -
Intimar al deudor para que cumpla con el art. 86 LCQ y para que en el término de 24 hs. entregue al síndico los
libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.- Buenos Aires, 19 de Agosto de 2024.
FEDERICO GUERRI Juez - FERNANDO DELGADO SECRETARIO
e. 20/08/2024 N° 55452/24 v. 26/08/2024