N° 57755/24 Aviso del Boletín Oficial
AGAL SEGURIDAD S.R.L.
Texto del aviso
AGAL SEGURIDAD S.R.L.
CONSTITUCIÓN por instrumento privado del 26/08/2024: SOCIOS: Lucas Juan Manuel ORTEGA, Argentino,
nacido 12/04/1984, divorciado de sus primeras nupcias de Liliana Noemí Ledesma, empresario, DNI 30.799.459,
CUIT 20-30799459-4, domicilio calle Beruti Nº 4583, 1° piso, departamento “B”, CABA y la Sra. Agostina Abril
FERRO, Argentina, nacida 05/04/2001, soltera, empresaria, DNI 43.321.554, CUIL 27-43321554-6, domicilio calle
Baradero N° 4262, localidad Villa Dominico, partido Avellaneda, provincia Buenos Aires. SEDE SOCIAL: Beruti
Nº 4583, 1° piso, departamento “B”, CABA. CAPITAL: $ 1.000.000 dividido en CIEN cuotas partes de DIEZ mil
pesos ($ 10.000) de valor nominal cada una y de un voto por cuota, totalmente suscriptas por los socios: Lucas
Juan Manuel ORTEGA suscribe NOVENTA (90) cuotas partes y Agostina Abril FERRO, suscribe DIEZ (10) cuotas
partes. INTEGRACION 25%. CIERRE EJERCICIO: 31/12. DURACIÓN: 30 años. SOCIO GERENTE: Lucas Juan
Manuel ORTEGA, acepta cargo y constituye domicilio especial en su domicilio real. Duración: término de la
sociedad. OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en
el país o en el extranjero, las siguientes actividades: Vigilancia privada, seguridad de personas y de bienes que se
encuentren en lugares fijos; seguridad, custodia o portería prestada en locales bailables, confiterías y todo otro
lugar destinado a la recreación; Custodias personales, acompañamiento y protección de personas determinadas;
Custodia y transporte de bienes y valores, transporte, depósito, custodia, recuento y clasificación de billetes,
títulos, valores y mercaderías en tránsito; Vigilancia con medios electrónicos, ópticos y electroópticos, diseño,
instalación y mantenimiento de dispositivos centrales de observación, registro de imagen, audio o alarmas, así
como cualquier otro dispositivo de control que incumba al área de seguridad; Tareas de control de admisión
y permanencia de público en general en eventos y espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento en
general, que se celebren o realicen en estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes y todo otro lugar
de entretenimiento de público en general, aun cuando éstos se encuentren situados en espacios abiertos, en la
vía pública, en zonas marítimo-terrestres o portuarias o en cualquier otra zona de dominio público; Prestar estos
servicios y de seguridad en general a empresas o instituciones privadas o públicas del estado Nacional, Provincial
o Municipal y en espacios públicos cuando estuviera autorizado por la normativa en materia de seguridad y/o la
Autoridad de Aplicación. Los servicios serán prestados con o sin uso de armas conforme lo autorice la legislación
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.492 - Segunda Sección 16 Miércoles 28 de agosto de 2024
vigente y en cumplimiento de la normativa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados-ANMaC. En la ciudad
de Buenos Aires la sociedad actuará conforme lo normado por la ley Nº 5688 de esta ciudad y por la ley Nacional
Nº 26.370 y las que en el futuro las modifiquen o complementen. En la provincia de Buenos Aires la sociedad
tiene por objeto dedicarse a las actividades autorizadas por el artículo segundo de la ley provincial 12.297 y las
que en el futuro la modifiquen o complementen: 1) Vigilancia y protección de bienes; 2) Escolta y protección de
personas; 3) Transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito, a excepción del transporte
de caudales; 4) Vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros
eventos o reuniones análogas; 5) Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar o desincriminar
a una persona siempre que exista una persecución en el ámbito de la justicia por la comisión de un delito y tales
servicios sean contratados en virtud de interés legítimo en el proceso penal. Autorizado según instrumento privado
CONSTITUCION de fecha 26/08/2024
Hernán Diego Leeds - T°: 075 F°: 0323 C.P.A.C.F.
e. 28/08/2024 N° 57755/24 v. 28/08/2024