N° 112/2010 Aviso del Boletín Oficial
REPUBLICANOS UNIDOS
Texto del aviso
REPUBLICANOS UNIDOS
El Juez Federal Subrogante de la competencia electoral del Distrito Río Negro, Dr. Hugo Horacio Greca hace saber
a la población por este medio, que en los autos caratulados: “REPUBLICANOS UNIDOS s/RECONOCIMIENTO
DE PARTIDO DE DISTRITO” expediente N° CNE 7579/2022, de trámite por ante este Juzgado Federal de Viedma,
se ha dictado la siguiente Resolución: “Viedma, 6 de agosto de 2024.- AUTOS Y VISTOS: … RESULTA: …
CONSIDERANDO: … RESUELVO: I) Conceder a la agrupación peticionante en autos, personalidad jurídico política
en forma provisoria para actuar como partido político en el Distrito de Río Negro con todos los derechos y deberes
emergentes del ordenamiento jurídico vigente para tal condición (Ley 23.298) y con derecho exclusivo al uso del
nombre “Republicanos Unidos”, aprobado por las autoridades fundadoras, conforme documentación obrante a fs.
83/99. II) Tener por integrantes de la Junta Promotora, designados en el Acta de Fundación y Constitución de fecha
30/04/2023, a Nicolás Suárez Colman DNI 30.751.196 (Presidente), Pilar María Cristina Cejas DNI 10.675.501, Nelson
Soriano Suárez DNI 20.370.619, Santiago Mario Varela DNI 26.777.443, Matías Ezequiel Flores DNI 43.948.973,
Valeria Yamila Bazzo DNI 30.728.672 y Luciano Armando Villanueva DNI 24.473.478. Requerir a los apoderados
partidarios que informen la distribución de cargos de la Junta Promotora y ello además en el marco del alejamiento
de Damián Humberto Sánchez quien cumplía el rol de Secretario de dicha Junta. III) Tener por Declaración de
Principios (fs. 92/93), Bases de Acción Política (fs. 94/98) y Carta Orgánica (fs. 87/91) a los textos aprobados en el
Acta de Fundación y Constitución de fs. 83. IV) Tener por apoderados a Yanina Graciela Krieger DNI 32.701.202 y
a Luciano Villanueva DNI 24.473.478. V) Tener por domicilio legal (art. 19 de la Ley 23.298) el constituido en la calle
Laprida Nº 377 de la ciudad de Viedma y el partidario en la calle Ecuador Nº 661 de la ciudad de General Roca.
VI) Requerir a la agrupación de autos efectúe las modificaciones que correspondan al texto de la Carta Orgánica
del partido “Republicanos Unidos” y adecue en un todo dicho estatuto a las leyes de aplicación vigentes, a la
sazón la Ley 23.298 y su modificatoria la 26.571 y la 26.215. VII) Otorgar el plazo de sesenta (60) días para que las
autoridades de la Junta Promotora presenten los libros (Actas de los órganos partidarios, Inventario y Balance,
Diario, Caja y de corresponder Bancos, Subdiario) exigidos por los arts. 7 bis, inc. c) y 37 ambos de la Ley 23.298
y sus modificatorias, y por el art. 21 de la Ley 26.215 para su rúbrica, bajo apercibimiento de las previsiones de
ley en caso de incumplimiento (conf. art. 50 inc. d) de la citada ley de Partidos Políticos). VIII) Hacer saber a las
autoridades promotoras del partido de autos que en el término de ciento cincuenta (150) días a contar a partir de
la notificación de la presente deberán presentar para su registración en el Registro de Afiliados del distrito, como
mínimo la cantidad de 2.392 (dos mil trescientos noventa y dos) afiliaciones en debida forma (arts. 23 y ss de la ley
de la materia), requisito de cumplimiento previo necesario para la convocatoria válida a la realización de su primer
elección interna, que deberá llevarse a cabo de acuerdo a lo establecido por el inc. b) del art. 7 bis de la Ley 23.298
y sus modificatorias, dentro del plazo de ciento ochenta (180) días y de conformidad a las disposiciones de la Carta
Orgánica. IX) Ordenar la destrucción de las fichas de adhesiones ya registradas en el Sistema de Gestión Electoral y
de las respectivas planillas acompañadas con su presentación en esta sede, generadas con el aplicativo Acordada
Nº 112/2010 CNE, cuyas copias digitalizadas obran incorporadas en autos, con excepción de las 682 certificadas
por Damián Humberto Sánchez que se encuentran reservadas en Secretaría. X) Publicar por el término de un (1)
día y sin cargo en el Boletín Oficial de la República Argentina esta resolución y oportunamente, subsanadas las
observaciones practicadas y adecuado que sea en un todo a la legislación vigente, el texto ordenado de la Carta
Orgánica partidaria. XI) Regístrese, notifíquese electrónicamente al Ministerio Público Fiscal y a los apoderados del
partido de autos por cédulas electrónicas. Firme que se encuentre esta resolución comuníquese mediante oficio
DEO a la Excma. Cámara Nacional Electoral (art. 14 in fine y art. 39 de la Ley 23.298 y art. 6 inc. a) del Decreto
Nº 937/2010), al Registro Nacional de Partidos Políticos -Acordadas Nºs 81/90, 60/08 y 14/2021 CNE- y por oficio
DEOX a la Dirección Nacional Electoral dependiente del Ministerio del Interior a sus efectos. Hágase saber al
Juzgado Electoral de la Provincia de Río Negro. Fdo. HUGO HORACIO GRECA JUEZ FEDERAL SUBROGANTE”.-
Secretaría Electoral Nacional, 26 de agosto de 2024.- MARIA SILVINA GUTIERREZ PROSECRETARIA ELECTORAL
NACIONAL
e. 28/08/2024 N° 57866/24 v. 28/08/2024