W20 Argentina W20Argentina

N° 112/2010 Aviso del Boletín Oficial

REPUBLICANOS UNIDOS

Partidos Políticos miércoles, 28 de agosto de 2024

Texto del aviso

REPUBLICANOS UNIDOS

El Juez Federal Subrogante de la competencia electoral del Distrito Río Negro, Dr. Hugo Horacio Greca hace saber

a la población por este medio, que en los autos caratulados: “REPUBLICANOS UNIDOS s/RECONOCIMIENTO

DE PARTIDO DE DISTRITO” expediente N° CNE 7579/2022, de trámite por ante este Juzgado Federal de Viedma,

se ha dictado la siguiente Resolución: “Viedma, 6 de agosto de 2024.- AUTOS Y VISTOS: … RESULTA: …

CONSIDERANDO: … RESUELVO: I) Conceder a la agrupación peticionante en autos, personalidad jurídico política

en forma provisoria para actuar como partido político en el Distrito de Río Negro con todos los derechos y deberes

emergentes del ordenamiento jurídico vigente para tal condición (Ley 23.298) y con derecho exclusivo al uso del

nombre “Republicanos Unidos”, aprobado por las autoridades fundadoras, conforme documentación obrante a fs.

83/99. II) Tener por integrantes de la Junta Promotora, designados en el Acta de Fundación y Constitución de fecha

30/04/2023, a Nicolás Suárez Colman DNI 30.751.196 (Presidente), Pilar María Cristina Cejas DNI 10.675.501, Nelson

Soriano Suárez DNI 20.370.619, Santiago Mario Varela DNI 26.777.443, Matías Ezequiel Flores DNI 43.948.973,

Valeria Yamila Bazzo DNI 30.728.672 y Luciano Armando Villanueva DNI 24.473.478. Requerir a los apoderados

partidarios que informen la distribución de cargos de la Junta Promotora y ello además en el marco del alejamiento

de Damián Humberto Sánchez quien cumplía el rol de Secretario de dicha Junta. III) Tener por Declaración de

Principios (fs. 92/93), Bases de Acción Política (fs. 94/98) y Carta Orgánica (fs. 87/91) a los textos aprobados en el

Acta de Fundación y Constitución de fs. 83. IV) Tener por apoderados a Yanina Graciela Krieger DNI 32.701.202 y

a Luciano Villanueva DNI 24.473.478. V) Tener por domicilio legal (art. 19 de la Ley 23.298) el constituido en la calle

Laprida Nº 377 de la ciudad de Viedma y el partidario en la calle Ecuador Nº 661 de la ciudad de General Roca.

VI) Requerir a la agrupación de autos efectúe las modificaciones que correspondan al texto de la Carta Orgánica

del partido “Republicanos Unidos” y adecue en un todo dicho estatuto a las leyes de aplicación vigentes, a la

sazón la Ley 23.298 y su modificatoria la 26.571 y la 26.215. VII) Otorgar el plazo de sesenta (60) días para que las

autoridades de la Junta Promotora presenten los libros (Actas de los órganos partidarios, Inventario y Balance,

Diario, Caja y de corresponder Bancos, Subdiario) exigidos por los arts. 7 bis, inc. c) y 37 ambos de la Ley 23.298

y sus modificatorias, y por el art. 21 de la Ley 26.215 para su rúbrica, bajo apercibimiento de las previsiones de

ley en caso de incumplimiento (conf. art. 50 inc. d) de la citada ley de Partidos Políticos). VIII) Hacer saber a las

autoridades promotoras del partido de autos que en el término de ciento cincuenta (150) días a contar a partir de

la notificación de la presente deberán presentar para su registración en el Registro de Afiliados del distrito, como

mínimo la cantidad de 2.392 (dos mil trescientos noventa y dos) afiliaciones en debida forma (arts. 23 y ss de la ley

de la materia), requisito de cumplimiento previo necesario para la convocatoria válida a la realización de su primer

elección interna, que deberá llevarse a cabo de acuerdo a lo establecido por el inc. b) del art. 7 bis de la Ley 23.298

y sus modificatorias, dentro del plazo de ciento ochenta (180) días y de conformidad a las disposiciones de la Carta

Orgánica. IX) Ordenar la destrucción de las fichas de adhesiones ya registradas en el Sistema de Gestión Electoral y

de las respectivas planillas acompañadas con su presentación en esta sede, generadas con el aplicativo Acordada

Nº 112/2010 CNE, cuyas copias digitalizadas obran incorporadas en autos, con excepción de las 682 certificadas

por Damián Humberto Sánchez que se encuentran reservadas en Secretaría. X) Publicar por el término de un (1)

día y sin cargo en el Boletín Oficial de la República Argentina esta resolución y oportunamente, subsanadas las

observaciones practicadas y adecuado que sea en un todo a la legislación vigente, el texto ordenado de la Carta

Orgánica partidaria. XI) Regístrese, notifíquese electrónicamente al Ministerio Público Fiscal y a los apoderados del

partido de autos por cédulas electrónicas. Firme que se encuentre esta resolución comuníquese mediante oficio

DEO a la Excma. Cámara Nacional Electoral (art. 14 in fine y art. 39 de la Ley 23.298 y art. 6 inc. a) del Decreto

Nº 937/2010), al Registro Nacional de Partidos Políticos -Acordadas Nºs 81/90, 60/08 y 14/2021 CNE- y por oficio

DEOX a la Dirección Nacional Electoral dependiente del Ministerio del Interior a sus efectos. Hágase saber al

Juzgado Electoral de la Provincia de Río Negro. Fdo. HUGO HORACIO GRECA JUEZ FEDERAL SUBROGANTE”.-

Secretaría Electoral Nacional, 26 de agosto de 2024.- MARIA SILVINA GUTIERREZ PROSECRETARIA ELECTORAL

NACIONAL

e. 28/08/2024 N° 57866/24 v. 28/08/2024