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N° 57212/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 61 - SECRETARÍA ÚNICA

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES jueves, 29 de agosto de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 61 - SECRETARÍA ÚNICA

El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Civil N° 61, a cargo de la Dra.María Marcela Viano Carlomagno, Sec. Única

a mi cargo, sito en Av. de los Inmigrantes 1950, 4to piso, CABA, hace saber por 2 días en los autos “CHACRAS

DEL MOLINO SA c/ LESTANI LUIS EDUARDO s/EJECUCION DE EXPENSAS” Exp. 49396/2013, que el martillero

Juan José Santin -CUIT 20-13296370-4- cel 11-5612-6303 rematará el día 03.09.24 a las 11:30 hs. en la oficina

de Subastas Judiciales sita en Jean Jaurés 545 CABA, siendo la exhibición de los lotes correspondientes, el

día viernes 30/08/24 de 11:00 a 13:00 horas; 2 lotes de terreno desocupados en el Barrio “Chacras del Molino”,

sito en Ruta 8, Km 72, de la localidad de Pavón, Pdo. De Exaltación de la Cruz, Provincia de BuenosAires 1)

Fracción I Parcela 5 G, Nom. Cat.: Circ: III; Sección: N; MZ CH. QTA, Fracción: I, G SUBP; Matricula: 18353. Sup.

2291,03m2, Base DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS (U$S 29.500) y 2) Fracción I

Parcela 5 H, Nom. Cat.: Circ. III; Sección: N; MZ CH. QTA, Fracción: I, Parcela 5, H SUBP Matricula N° 18352. Sup.

2311,93m2, Base DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MIL (U$S 30.000) DEUDAS: Municipal AL 26/06/2024

1) $ 871.527,66 2) $ 841.289,76; ARBA al 18/06/24 1) $ 255.294.- 2) 306.585,50.- Expensas Comunes al 13/05/24 1)

10.578.651.- 2) 10.609.213. CONDICIONES DE VENTA: al contado, en efectivo y al mejor postor. COMISION: 3%.

Seña 30% Arancel Ac. CJSN 24/00 0,25% a cargo del comprador y en el acto del remate. Los bienes se rematarán

en el estado y condición que se encuentran. El comprador deberá anunciar a viva voz el nombre del poderdante en

caso de invocar un poder. Atento lo dispuesto en el fallo plenario “Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra Roberto Isaac

S/ Ejecución Hipotecaria” por el cual, no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas

que registra el inmueble por los conceptos aludidos precedentemente, devengados antes de la toma de posesión,

cuando el monto obtenido en el remate no alcance para solventarlos, con la constancia que no cabe una solución

análoga respecto de las expensas comunes, para el caso que el bien se halle sujeto el régimen de la Ley 13.512

(conf. C.N. Civ. en pleno, febrero 18 de 1999 “in re”). Se hace saber que el adquirente que, dentro de los cinco días

de aprobado el remate, deberá depositar en autos el saldo de precio, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el

art. 580 del Código Procesal. CUIT del ejecutado 20-08480312-0. Buenos Aires, de agosto de 2024

VIANO CARLOMAGNO, MARÍA MARCELA Juez - ALVAREZ, GONZALO MARTÍN SECRETARIO

e. 28/08/2024 N° 57212/24 v. 29/08/2024