N° 7/15 Aviso del Boletín Oficial
HUGO A. VUELTA S.C.A.
Texto del aviso
HUGO A. VUELTA S.C.A.
Sociedad sin C.U.I.T, se efectúa la publicación con el objeto de regularizar el funcionamiento de dicha persona jurídica
ante AFIP e IGJ. Por asamblea ordinaria y extraordinaria unánime del 04/07/2024, resolvió la RECONDUCCIÓN de
la sociedad por 30 años a partir del 01/07/2024, la REFORMA del Art. 3º del Estatuto Social estableciendo nexo
de continuidad, el cual quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá una
duración de treinta años a contar desde el 1 de julio de 2024”. Asimismo se reformó el art. primero, el cual quedará
redactado de la siguiente: “ARTICULO PRIMERO: la sociedad se denominará “HUGO A. VUELTA SOCIEDAD EN
COMANDITA POR ACCIONES” tiene su domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La administración
podrá establecer agencias, sucursales, establecimientos o cualquier otro tipo de representación en la República
Argentina o el exterior”. Asimismo se resolvió fijar como nueva Sede legal en la calle Formosa N° 560, piso 4to.
departamento “A” de esta ciudad de Buenos Aires. Se reformó el artículo décimo del estatuto, el cual quedará
redactado de la siguiente manera: “ARTICULO DECIMO: La dirección, administración y uso de la firma social
estará a cargo del o los socios comanditados o tercero, inclusive socios comanditarios, quienes serán elegidos por
asamblea y durarán en el cargo el plazo de duración de la sociedad. El administrador tiene amplias facultades de
administración y disposición, en orden al cumplimiento de su objeto, puede en consecuencia celebrar en nombre
de la sociedad toda clase de actos y contratos, que no sean notoriamente extraños al objeto social, incluso las que
requieren poderes especiales a tenor del artículo 375 del Código Civil y Comercial (Ley 26.994) y del artículo 9° del
Decreto Ley 5985/63. Podrá, especialmente, adquirir, gravar y enajenar inmuebles; constituir, transferir derechos
reales; operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y privadas; iniciar,
proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales, y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga
adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. Los Administradores en garantía de sus funciones darán
cumplimiento por la suma de Pesos trescientos mil ($ 300.000.-), conforme lo previsto por el art. 76 del Anexo “A”
de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15. Dicha garantía podrá consistir en depósitos de bonos, títulos públicos o
sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de
la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma,
cuyo costo deberá ser soportado por cada director; en ningún caso procederá constituir la garantía mediante el
ingreso directo de fondos a la caja social. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o
sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad
mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad”. Asimismo, se
inscribe la cesación del representante anterior: Angela Vuelta y se designó nuevo representante legal al Sr. Adrian
Ignacio Krasiuk, por el término de duración de la sociedad, quien fija domicilio especial en Formosa 560, 4° piso
departamento “A”, CABA. Autorizado según instrumento privado asamblea de accionistas de fecha 04/07/2024
Hernan Matías Picot Pervieux - T°: 92 F°: 822 C.P.A.C.F.
e. 05/09/2024 N° 60711/24 v. 05/09/2024