N° 60828/24 Aviso del Boletín Oficial
DUPUY DEL PRETE S.R.L.
Texto del aviso
DUPUY DEL PRETE S.R.L.
“DUPUY DEL PRETE S.R.L.” CUIT 30-71459221-8. Por Acta de fecha 02/09/2024 se ha resuelto: 1. CESIONES:
Horacio Adolfo DUPUY 50.000 cuotas CEDE y TRANSFIERE sin reserva legal alguna la totalidad de sus cuotas
a Sabrina Gisela ANCHART; y Gabriel DEL PRETE 50.000 cuotas CEDE y TRANSFIERE sin reserva legal alguna
la totalidad de sus cuotas a favor de los siguientes: a) Sabrina Gisela ANCHART 10.000 cuotas y b) Christian
Leonardo MUSSO 40.000 cuotas. NUEVA COMPOSICIÓN DEL CAPITAL SOCIAL: Sabrina Gisela ANCHART
posee 60.000 cuotas equivalentes a la suma de $ 60.000 que representan el 60% del capital social; y Christian
Leonardo MUSSO posee 40.000 cuotas equivalentes a la suma de $ 40.000 que representan el 40% del capital
social; lo que totaliza el 100% del capital suscripto.- CAPITAL SOCIAL es de $ 100.000, representado por 100.000
cuotas de $ 1 valor nominal cada una y de un voto por cuota. 2.- RENUNCIA: Se aprueba la gestión del gerente
renunciante Horacio Adolfo DUPUY, la que se acepta y queda designada como Socia Gerente a Sabrina Gisela
ANCHART por el término de duración de la sociedad y denuncia como domicilio especial la sede social sita
en la calle Crisólogo Larralde 3376, planta baja, departamento “4”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
3.- REFORMAR la CLAUSULA PRIMERA y TERCERA del Contrato Social quedando de la siguiente manera:
“PRIMERA: DENOMINACIÓN: La sociedad se denomina “LOGÍSTICA WASP S.R.L.” antes denominada “DUPUY
DEL PRETE S.R.L.” y tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pudiendo
establecer sucursales, agencias o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero.- ”. y “TERCERO:
OBJETO: realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociadas a terceros; en participación y/o comisión o de
cualquier otra manera en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, las siguientes actividades:
a) INMOBILIARIA: Comprar, vender, construir, ceder, permutar, dar en leasing, en locación o en arrendamiento,
administrar, explotar, fraccionar y dividir toda clase de inmuebles urbanos y rurales, incluyendo todas las operaciones
comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal o cualquier otro régimen que se cree
sobre inmuebles, otorgando al efecto, créditos hipotecarios; obtener préstamos hipotecarios o de otra naturaleza,
de bancos públicos o privados, nacionales o extranjeros, para financiar operaciones propias o de terceros; asumir
el carácter de fiduciante, fiduciario o beneficiario de la actividad inmobiliaria antes descripta en los términos de la
ley 24.441; b) CONSTRUCTORA: Mediante la ejecución de proyectos, dirección, construcción y administración de
obras de cualquier naturaleza, incluyendo entre otras a edificios, incluso bajo el régimen de propiedad horizontal,
barrios, caminos, pavimentaciones, urbanizaciones, obras de ingeniería y/o arquitectura en general, sean públicas
o privadas.- Cuando las normas vigentes así lo requieran, las actividades descriptas serán desarrolladas por
profesionales debidamente matriculados.- c) MANDATARIA: Mediante el ejercicio de representaciones, mandatos,
comisiones, pudiendo ejercer la representación legal y comercial de personas, sociedades o entes vinculados a
las actividades del objeto social; y d) LOGÍSTICA: Importación y exportación, comercialización, representación,
consignación, abastecimiento, depósito, descarga, recepción, pickeo, controles de carga, despacho, limpieza y
ordenamiento, transporte terrestre, aéreo o marítimo, embalaje, distribución, logística, y entrega a domicilio de
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.499 - Segunda Sección 20 Viernes 6 de septiembre de 2024
toda clase de productos y mercancías no prohibidas por las normas legales vigentes, ya sean bienes tradicionales
o manufacturas.- Para su cumplimiento la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones,
adquirir derechos y realizar todos los actos jurídicos que no estén prohibidos por las leyes o este estatuto.- La
sociedad podrá, en general, realizar cualquier acto público y privado que permita o facilite el cumplimiento del
objeto social, quedando facultada para ejercer derechos y contraer obligaciones.- ” Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 96 de fecha 02/09/2024 Reg. Nº 181
Carolina Astoul Balestra - Matrícula: 5187 C.E.C.B.A.
e. 06/09/2024 N° 60828/24 v. 06/09/2024