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N° 60828/24 Aviso del Boletín Oficial

DUPUY DEL PRETE S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 6 de septiembre de 2024

Texto del aviso

DUPUY DEL PRETE S.R.L.

“DUPUY DEL PRETE S.R.L.” CUIT 30-71459221-8. Por Acta de fecha 02/09/2024 se ha resuelto: 1. CESIONES:

Horacio Adolfo DUPUY 50.000 cuotas CEDE y TRANSFIERE sin reserva legal alguna la totalidad de sus cuotas

a Sabrina Gisela ANCHART; y Gabriel DEL PRETE 50.000 cuotas CEDE y TRANSFIERE sin reserva legal alguna

la totalidad de sus cuotas a favor de los siguientes: a) Sabrina Gisela ANCHART 10.000 cuotas y b) Christian

Leonardo MUSSO 40.000 cuotas. NUEVA COMPOSICIÓN DEL CAPITAL SOCIAL: Sabrina Gisela ANCHART

posee 60.000 cuotas equivalentes a la suma de $ 60.000 que representan el 60% del capital social; y Christian

Leonardo MUSSO posee 40.000 cuotas equivalentes a la suma de $ 40.000 que representan el 40% del capital

social; lo que totaliza el 100% del capital suscripto.- CAPITAL SOCIAL es de $ 100.000, representado por 100.000

cuotas de $ 1 valor nominal cada una y de un voto por cuota. 2.- RENUNCIA: Se aprueba la gestión del gerente

renunciante Horacio Adolfo DUPUY, la que se acepta y queda designada como Socia Gerente a Sabrina Gisela

ANCHART por el término de duración de la sociedad y denuncia como domicilio especial la sede social sita

en la calle Crisólogo Larralde 3376, planta baja, departamento “4”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

3.- REFORMAR la CLAUSULA PRIMERA y TERCERA del Contrato Social quedando de la siguiente manera:

“PRIMERA: DENOMINACIÓN: La sociedad se denomina “LOGÍSTICA WASP S.R.L.” antes denominada “DUPUY

DEL PRETE S.R.L.” y tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pudiendo

establecer sucursales, agencias o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero.- ”. y “TERCERO:

OBJETO: realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociadas a terceros; en participación y/o comisión o de

cualquier otra manera en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, las siguientes actividades:

a) INMOBILIARIA: Comprar, vender, construir, ceder, permutar, dar en leasing, en locación o en arrendamiento,

administrar, explotar, fraccionar y dividir toda clase de inmuebles urbanos y rurales, incluyendo todas las operaciones

comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal o cualquier otro régimen que se cree

sobre inmuebles, otorgando al efecto, créditos hipotecarios; obtener préstamos hipotecarios o de otra naturaleza,

de bancos públicos o privados, nacionales o extranjeros, para financiar operaciones propias o de terceros; asumir

el carácter de fiduciante, fiduciario o beneficiario de la actividad inmobiliaria antes descripta en los términos de la

ley 24.441; b) CONSTRUCTORA: Mediante la ejecución de proyectos, dirección, construcción y administración de

obras de cualquier naturaleza, incluyendo entre otras a edificios, incluso bajo el régimen de propiedad horizontal,

barrios, caminos, pavimentaciones, urbanizaciones, obras de ingeniería y/o arquitectura en general, sean públicas

o privadas.- Cuando las normas vigentes así lo requieran, las actividades descriptas serán desarrolladas por

profesionales debidamente matriculados.- c) MANDATARIA: Mediante el ejercicio de representaciones, mandatos,

comisiones, pudiendo ejercer la representación legal y comercial de personas, sociedades o entes vinculados a

las actividades del objeto social; y d) LOGÍSTICA: Importación y exportación, comercialización, representación,

consignación, abastecimiento, depósito, descarga, recepción, pickeo, controles de carga, despacho, limpieza y

ordenamiento, transporte terrestre, aéreo o marítimo, embalaje, distribución, logística, y entrega a domicilio de

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.499 - Segunda Sección 20 Viernes 6 de septiembre de 2024

toda clase de productos y mercancías no prohibidas por las normas legales vigentes, ya sean bienes tradicionales

o manufacturas.- Para su cumplimiento la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones,

adquirir derechos y realizar todos los actos jurídicos que no estén prohibidos por las leyes o este estatuto.- La

sociedad podrá, en general, realizar cualquier acto público y privado que permita o facilite el cumplimiento del

objeto social, quedando facultada para ejercer derechos y contraer obligaciones.- ” Autorizado según instrumento

público Esc. Nº 96 de fecha 02/09/2024 Reg. Nº 181

Carolina Astoul Balestra - Matrícula: 5187 C.E.C.B.A.

e. 06/09/2024 N° 60828/24 v. 06/09/2024