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N° 62047/24 Aviso del Boletín Oficial

KELOWNA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 11 de septiembre de 2024

Texto del aviso

KELOWNA S.A.

C.U.I.T. 30-61581584-1. Por asamblea del 09/08/2024 se resolvió modificar el estatuto en su artículo octavo:

quedando redactado de la siguiente manera: “Art 8) La dirección y administración de la sociedad está a cargo

del directorio, integrado por uno a cinco miembros titulares pudiendo la asamblea elegir igual o menor número de

suplentes, los que se incorporaran al directorio por el orden de designación. Mientras que la sociedad prescinda

de la sindicatura, la elección por la asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria. El término

de su elección es de tres ejercicios, la asamblea fijara el número de directores, así como su remuneración. El

directorio sesionará con la presencia la mayoría absoluta de sus miembros titulares y resuelve por mayoría de los

presentes; en caso de empate el presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión designará

un Presidente pudiendo en caso de pluralidad de titulares designar un vicepresidente que suplirá en su ausencia o

impedimento. En garantía los titulares constituirán una Garantía por el ejercicio de sus funciones, que conforme al

artículo 256, párrafo segundo, de la Ley Nº 19.550 y por la Resolución 7/2015 de la Inspección General de Justicia,

se regirá por las reglas siguientes: 1) Deberá consistir en bonos, títulos públicos, o sumas de moneda nacional o

extranjera depositadas en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales

bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado

por cada director; en ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja

social. 2) Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o

extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el

plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. 3) El monto de la garantía será acorde a las

disposiciones vigentes fijadas por la autoridad administrativa de control.- El Directorio tiene amplias facultades

de administración y disposición, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al

artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y Artículo 9 del Decreto Ley 5965/63. Podrá especialmente

operar con toda clase de entidades financieras o crediticias oficiales y privadas, dar y revocar poderes especiales

y generales, judiciales, de administración u otros con o sin facultades de sustituir. Iniciar, proseguir, contestar

o desistir denuncias, querellas penales y realizar todo otro hecho o actos jurídicos que haga adquirir derechos

o contraer obligaciones a la sociedad. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del

directorio o al Vicepresidente en su caso.”. Designar un nuevo directorio por vencimiento de la mandatos quedando

conformado por Presidente: Diego Eduardo Pazos, argentino, 25/8/1968, divorciado, DNI 20.468.579, CUIT 20-

20468579-8, empresario, domiciliado en Juan B Justo 3450 Olivos Pcia de Buenos Aires y director suplente: Silvia

Graciela Pazos, argentina, 31/12/1955, casada, DNI 11.864.606, CUIT 27-11864606-7, empresaria, domiciliada en

Prilidiano Pueyrredón 1273 Martínez Pcia de Buenos Aires, ambos con domicilio especial en Cuba 2184 1° Piso

Departamento A CABA, por el termino de tres ejercicios. Y se resolvió el cambio de Sede social a Cuba 2184 1°

Piso Departamento A CABA.-

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 70 de fecha 29/08/2024 Reg. Nº 111

MARIA INES LEVY - Matrícula: 5710 C.E.C.B.A.

e. 11/09/2024 N° 62047/24 v. 11/09/2024