N° 62047/24 Aviso del Boletín Oficial
KELOWNA S.A.
Texto del aviso
KELOWNA S.A.
C.U.I.T. 30-61581584-1. Por asamblea del 09/08/2024 se resolvió modificar el estatuto en su artículo octavo:
quedando redactado de la siguiente manera: “Art 8) La dirección y administración de la sociedad está a cargo
del directorio, integrado por uno a cinco miembros titulares pudiendo la asamblea elegir igual o menor número de
suplentes, los que se incorporaran al directorio por el orden de designación. Mientras que la sociedad prescinda
de la sindicatura, la elección por la asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria. El término
de su elección es de tres ejercicios, la asamblea fijara el número de directores, así como su remuneración. El
directorio sesionará con la presencia la mayoría absoluta de sus miembros titulares y resuelve por mayoría de los
presentes; en caso de empate el presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión designará
un Presidente pudiendo en caso de pluralidad de titulares designar un vicepresidente que suplirá en su ausencia o
impedimento. En garantía los titulares constituirán una Garantía por el ejercicio de sus funciones, que conforme al
artículo 256, párrafo segundo, de la Ley Nº 19.550 y por la Resolución 7/2015 de la Inspección General de Justicia,
se regirá por las reglas siguientes: 1) Deberá consistir en bonos, títulos públicos, o sumas de moneda nacional o
extranjera depositadas en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales
bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado
por cada director; en ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja
social. 2) Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o
extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el
plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. 3) El monto de la garantía será acorde a las
disposiciones vigentes fijadas por la autoridad administrativa de control.- El Directorio tiene amplias facultades
de administración y disposición, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al
artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y Artículo 9 del Decreto Ley 5965/63. Podrá especialmente
operar con toda clase de entidades financieras o crediticias oficiales y privadas, dar y revocar poderes especiales
y generales, judiciales, de administración u otros con o sin facultades de sustituir. Iniciar, proseguir, contestar
o desistir denuncias, querellas penales y realizar todo otro hecho o actos jurídicos que haga adquirir derechos
o contraer obligaciones a la sociedad. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del
directorio o al Vicepresidente en su caso.”. Designar un nuevo directorio por vencimiento de la mandatos quedando
conformado por Presidente: Diego Eduardo Pazos, argentino, 25/8/1968, divorciado, DNI 20.468.579, CUIT 20-
20468579-8, empresario, domiciliado en Juan B Justo 3450 Olivos Pcia de Buenos Aires y director suplente: Silvia
Graciela Pazos, argentina, 31/12/1955, casada, DNI 11.864.606, CUIT 27-11864606-7, empresaria, domiciliada en
Prilidiano Pueyrredón 1273 Martínez Pcia de Buenos Aires, ambos con domicilio especial en Cuba 2184 1° Piso
Departamento A CABA, por el termino de tres ejercicios. Y se resolvió el cambio de Sede social a Cuba 2184 1°
Piso Departamento A CABA.-
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 70 de fecha 29/08/2024 Reg. Nº 111
MARIA INES LEVY - Matrícula: 5710 C.E.C.B.A.
e. 11/09/2024 N° 62047/24 v. 11/09/2024