N° 62301/24 Aviso del Boletín Oficial
QUIMICA Y ENERGIA S.R.L.
Texto del aviso
QUIMICA Y ENERGIA S.R.L.
CUIT 30-70819212-7. Por Reunión Extraordinaria de Socios y Gerentes del 29/08/2024 se resolvió: 1) La
renuncia de Alejandro Cia al cargo de gerente, se ratificó como Gerente con firma indistinta a María Claudia
Titón. 2) Se Reforma el artículo QUINTO del estatuto así: “QUINTO: La administración, representación legal y
uso de la firma estarán a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes actuarán de forma indistinta con
mandato por el plazo de duración de la sociedad. La firma cualesquiera de ellos obligará a la sociedad. Los
gerentes tienen plenas facultades para dirigir y administrar la sociedad en orden al cumplimiento de su objeto
y disponer de los bienes. Incluso aquéllas para las cuales la ley requiere poderes especiales de acuerdo al
art. 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y art 9° del decreto ley 5965/1963 de letra de cambio. En
particular pueden celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que hagan adquirir derechos
o contraer obligaciones a la Sociedad: operar con toda clase de Bancos, Compañías Financieras, Entidades
e Instituciones de créditos oficiales o privadas; dar y revocar poderes especiales, generales, judiciales, de
administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o
querellas penales; intervenir en licitaciones o concursos de precios públicos o privados; actuar como empresa
proveedora del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, y realizar todo hecho o acto jurídico. Asimismo,
podrán establecer agencias, sucursales u otra especie de representación dentro o fuera del país. La reunión de
socios podrá asignar a los gerentes, aparte de los honorarios que corresponden legalmente por sus funciones
como tales, sueldos por la realización de tareas técnico administrativas. Los gerentes darán en garantía de su
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.502 - Segunda Sección 32 Miércoles 11 de septiembre de 2024
gestión, y mientras dure la misma, la suma de pesos que fije la Autoridad de Aplicación. Deberá consistir en
fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la sociedad cuyo costo
deberá ser soportado por cada gerente.” 3) Se reordena el estatuto y reproducir su articulado. Autorizado
según instrumento privado acta de fecha 29/08/2024
Yamila Damaris Peverelli - Matrícula: 4787 C.E.C.B.A.
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