N° 62710/24 Aviso del Boletín Oficial
ECOLOGY GROUP S.A.
Texto del aviso
ECOLOGY GROUP S.A.
CUIT 30-71418238-9.- Se comunica que por Asamblea Gral. Ordinaria y Extraordinaria del 31/07/2024 se resolvió: 1.
Modificar la denominación social y consecuentemente reformar el Artículo Primero del Estatuto Social: “ARTÍCULO
PRIMERO: La sociedad se denomina DESARROLLOS SUR WIDOK S.A. continuadora de ECOLOGY GROUP S.A.”.-
2. Reformar el objeto social, y consecuentemente reformar el Artículo Tercero del Estatuto Social: “ARTÍCULO
TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y asociada a terceros, en
cualquier parte de la República o del extranjero, a las siguientes actividades: a) Construcción, compra, venta,
locación, arrendamiento, permuta, administración, remodelación, refacción y reciclado de inmuebles, desarrollos
urbanos, suburbanos o rurales, obras civiles, edificios, sean o no bajo el régimen de propiedad horizontal, en
todas las modalidades existentes o a crearse, con destino de vivienda o comerciales; construcción, desarrollo
y/o explotación, por cuenta propia y/o de terceros de paseos de compras y centros comerciales; así como
también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas,
urbanización, clubes de campo, fideicomisos inmobiliarios, explotaciones rurales o industriales; contratación de
obras mayores, construcciones en bienes de dominio público; contratación de obras menores y reparaciones en
general; inversión y mejora de obras varias; servicios de reparación, mantenimiento, instalación y desinstalación
de estructuras; administración y construcción de obras civiles, viales, hidráulicas, industriales y electromecánicas
de carácter público o privado, a través de contrataciones directas o licitaciones para obras nuevas o existentes;
b) Administración de propiedades inmuebles y conjuntos inmobiliarios, propias o de terceros, administración
de comercios de todo tipo; constituir y administrar fideicomisos sobre toda clase de bienes, actuando como
fideicomitente, fiduciaria, fideicomisaria y/o beneficiaria; c) la realización de operaciones financieras mediante el
otorgamiento y solicitudes de créditos con o sin garantías prendarias, o hipotecarias o de cualquier naturaleza, a
corto, mediano o largo plazo.- Quedan excluidas las operaciones comprendidas en la ley de Entidades Financieras
y toda otra por la que se requiera el concurso del ahorro público.- Las actividades que así lo requieran serán
llevadas a cabo por profesionales con título habilitante en la materia. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad
tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean
prohibidos por las leyes o este estatuto.- ” 3. Aumentar el capital social en la suma de $ 771.005.000.-, elevándose
de $ 1.500.000.- a la suma de $ 772.505.000.- representado por 77.250.500 acciones ordinarias nominativas no
endosables de $ 10.- valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción; suscriptas en su totalidad en
la siguiente proporción: Fernando L. KOVAL 77.225.000.- acciones; Damián J. AMENDOLÍA 10.500.- acciones;
Reinaldo NAVE: 7.500.- acciones; Stela Maria BISUTTI 4.500.- acciones; Fernando M. FORCADA RUIZ: 3.000.-
acciones; reformándose el Artículo Cuarto.- Autorizado según instrumento privado Asamblea Gral. Ordinaria y
Extraordinaria de fecha 31/07/2024.- Abogado Dr.
Guido Ezequiel Oclander - T°: 126 F°: 616 C.P.A.C.F.
e. 12/09/2024 N° 62710/24 v. 12/09/2024