N° 62867/24 Aviso del Boletín Oficial
L’ORÉAL ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
L’ORÉAL ARGENTINA S.A.
CUIT: 30-50146042-3. Por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 15/4/2024 (i) se designaron
como miembros del Directorio de la sociedad a Yann Benoit Le Bourdon como Presidente y director titular,
Demetrio Andres Ramfos como Vicepresidente y director titular, Guillaume Vincent Joseph Dauchy, Macarena Inés
Silveira y Gonzalo Oliva Beltrán como directores titulares y a Ricardo Barreiro Deymonnaz como director suplente.
Los directores Yann Benoit Le Bourdon, Demetrio Andres Ramfos, Guillaume Vincent Joseph Dauchy y Macarena
Inés Silveira constituyeron domicilio especial en Av. Del Libertador 7208, piso 8°, C.A.B.A.; Ricardo Barreiro
Deymonnaz y Gonzalo Oliva Beltrán constituyeron domicilio especial en Av. Córdoba 1309, piso 3° “A”, C.A.B.A.
(ii) Se reformaron los artículos DECIMO TERCERO, DECIMO CUARTO y DECIMO OCTAVO del estatuto social los
cuales quedaron redactados de la siguiente manera: ARTÍCULO DECIMO TERCERO: La sociedad será dirigida y
administrada por un Directorio compuesto de un mínimo de tres y un máximo de diez directores titulares pudiendo
la asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su
designación. Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura, la elección por la asamblea de uno o más directores
suplentes será obligatoria. Los Directores durarán un año en el ejercicio de su mandato, debiendo continuar
sus funciones hasta que se haya designado reemplazante. Los directores son reelegibles indefinidamente. Sin
perjuicio del que se les pueda asignar por distribución de utilidades, la Asamblea de Accionistas podrá atribuir
un honorario anual fijo a los miembros del Directorio, cuyo importe se cargará a gastos generales y podrá ser
abonado en cuotas mensuales o trimestrales. Los Directores podrán, por resolución del Directorio, desemplear
en la sociedad funciones especiales, rentadas o no, independientes de su cargo de directores, siempre que las
mismas se relacionen con el cumplimiento del objeto social y con cargo de rendir cuenta a la Asamblea de las
sumas abonadas, si dichas funciones fuesen rentadas. ARTÍCULO DECIMO CUARTO: En caso de fallecimiento,
renuncia u otro impedimento de uno o más miembros del Directorio, los directores suplentes reemplazarán a los
Directores impedidos hasta que cese el impedimento, en su caso o hasta la próxima Asamblea de Accionistas.
ARTÍCULO DECIMO OCTAVO: La sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo autoriza el artículo 284 de la
Ley General de Sociedades N° 19.550. Cuando por aumento de capital, la sociedad quedara comprendida en el
artículo 299 inciso 2° de la ley citada, o cuando por normativa legal o requerimiento de la Comisión Nacional de
Valores o autoridad judicial o administrativa competente, se exigiera la designación de sindicatura, la asamblea
general ordinaria elegirá un síndico titular y uno suplente por el término de un ejercicio, sin necesidad de reformar
este estatuto. El síndico y el suplente podrán ser reelegidos. En caso de que, en cumplimiento de esta exigencia,
se hubiera designado sindicatura, y con posterioridad, la misma no fuera requerida, la asamblea general ordinaria
de accionistas podrá prescindir de la sindicatura, sin necesidad de reformar este estatuto. Mientras se mantenga
vigente la prescindencia de la sindicatura, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios de
acuerdo con el derecho de contralor que les confiere el artículo 55 de la Ley 19.550. (iii) Se aprobó un nuevo texto
ordenado. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 15/04/2024
Micaela Virginia Lopez Barros - T°: 136 F°: 234 C.P.A.C.F.
e. 12/09/2024 N° 62867/24 v. 12/09/2024