N° 63249/24 Aviso del Boletín Oficial
PINV S.A.U.
Texto del aviso
PINV S.A.U.
CUIT. 30-71785341-1. Por Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 5 del 02/08/2024 la sociedad reformó el artículo
tercero del estatuto social, con relación al su objeto, el que queda redactado: “ARTICULO TERCERO: La
sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier lugar de
la República Argentina o en el exterior, a la realización de todas las actividades propias del Agente Productor
(“AP”); ello así, mediante la constitución y actuación como AP de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26.831
de Mercado de Capitales y sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias, y las normas de la
Comisión Nacional de Valores (la ”Normativa Aplicable”). A tal fin podrá celebrar contratos como AP de uno o
más Agentes de Negociación(“AN”), Agente de Liquidación y Compensación (“ALyC”), Agentes Asesor Global de
Inversiones (“AAGI”) y/o cualquier otro agente que la Normativa Aplicable o cualquier norma vigente contemple
en el futuro (los “Agentes”); captar clientes para su posterior alta por parte los Agentes; prestar información
sobre los servicios brindados por los Agentes; proveer al cliente de la documentación correspondiente así como
administrar las carteras de los mismos y asesorarlos, actuar como referenciador ante intermediarios de valores
de mercados al exterior. Asimismo, podrá realizar las actividades complementarias en el ámbito del mercado
de capitales que autorice la Normativa Aplicable, cumpliendo las exigencias de dicha norma, respetando las
incompatibilidades que corresponden al registro de las categorías de agentes supervisados por la Comisión
Nacional de Valores y previstas por la Normativa Aplicable. En todos los casos, las actividades de la Sociedad bajo
la Normativa Aplicable requerirán el registro ante la Comisión Nacional de Valores y solo podrán ser desarrolladas
una vez obtenida la inscripción en dicho registro. La Sociedad también podrá dedicarse, por cuenta propia, de
terceros y/o asociada a terceros en el país o en el extranjero al asesoramiento técnico, económico y financiero de
inversiones de capitales a particulares y a Sociedades por Acciones con fondos propios, de terceros y/o asociada
a Terceros. Adicionalmente podrá actuar como intermediario entre personas físicas o jurídicas y empresas,
sociedades o vehículos de inversión, fondos de capital de riesgo, fideicomisos financieros, sociedades de ahorro
y capitalización y sociedades de garantías recíprocas; y para la locación y prestación de servicios administrativos
o gestión operativa, informática o de sistemas; en todo los casos siempre y cuando trate de actividades que no
requieran autorización específica de organismos estatales, gubernamentales o cualquier otra índole. Asimismo,
podrá dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar dentro de la República
Argentina o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a la administración de garantías a favor
de terceros, incluyendo la actuación como agente de garantías, fiduciario o figuras accesorias o similares. Para
el cumplimiento de sus fines la Sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Contrato Social. - 4)
Autorizaciones. Se autoriza a la Sra. Presidente a otorgar y firmar la respectiva escritura de modificación de
estatutos. Sin más temas que tratar, y siendo las 11.30 horas, se levanta la sesión previa lectura y firma de la
presente acta al pie en prueba de conformidad”. La Escribana. Autorizada en escritura Nº 47 del 06/09/2024
Registro 1403 de CABA.-
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 47 de fecha 06/09/2024 Reg. Nº 1403
Diana Margarita De Elias - Matrícula: 3818 C.E.C.B.A.
e. 13/09/2024 N° 63249/24 v. 13/09/2024