N° 62913/24 Aviso del Boletín Oficial
TRAMPOLINE NETWORK S.A.
Texto del aviso
TRAMPOLINE NETWORK S.A.
CUIT 30-71749164-1. Por Asamblea del 29/8/2024 se resolvió reformar el art. 3 del Estatuto Social referido al objeto
social: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia y/o asociada a terceros,
sean personas físicas o jurídicas, las siguientes actividades: (i) brindar servicios de identificación, selección y
formulación de proyectos de investigación y desarrollo, transmisión de tecnología y asistencia técnica, (ii) transferir
tecnología, innovaciones, intangibles y/o conocimiento que tengan impacto ambiental, social y productivo, (iii)
asesorar, crear y desarrollar plataformas de comercio electrónico, digitales, ya sea por aplicaciones multimedia
de internet, WAP o cualquier otra red informática, (iv) elaborar, desarrollar y mantener software, NFTs y/o páginas
de internet, plataformas de blockchain y tokens, (v) comprar y vender productos y/o servicios tecnológicos y/o
audiovisuales a través de páginas de internet, (vi) intermediar en la compra, venta y/o licenciamiento de productos,
y/o servicios tecnológicos, patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños, NFTs y/o servicios audiovisuales, (vii)
brindar servicios de editorial de sitios web y anuncios clasificados, (viii) mantener, reparar y asesorar en aspectos
tecnológicos relacionados con las actividades precedentemente señaladas, (ix) la compra, comercialización,
desarrollo, venta, distribución, representación, importación y/o exportación de bienes y/o servicios relacionados
con las actividades enunciadas a fin de cumplir con los objetivos de desarrollo del milenio, (x) prestar servicios de
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.504 - Segunda Sección 11 Viernes 13 de septiembre de 2024
consultoría en relación con la comercialización de la propiedad intelectual, la transferencia de tecnología y servicios
conexos, (xi) gestionar, organizar y gerenciar proyectos de investigación y desarrollo. Para el cumplimiento de su
objeto social, la sociedad tendrá plena capacidad legal para adquirir derechos, contraer obligaciones y llevar a
cabo todo acto que no esté prohibido por la ley o por estos estatutos. Todas las actividades que así lo requieran
serán llevadas a cabo por profesionales matriculados al respecto.” Autorizado según instrumento privado Reunión
de Asamblea de fecha 29/08/2024
Nicole Pasteloff - T°: 137 F°: 616 C.P.A.C.F.
e. 13/09/2024 N° 62913/24 v. 13/09/2024