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N° 64912/24 Aviso del Boletín Oficial

IMERYS MINERALES ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 19 de septiembre de 2024

Texto del aviso

IMERYS MINERALES ARGENTINA S.A.

CUIT 30-53666824-8. Asamblea 6/9/2023 resuelve modificar: “ARTICULO OCTAVO: La dirección y administración

de la sociedad está a cargo del Directorio compuesto por tres a cinco titulares pudiendo la asamblea elegir

igual número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por orden de designación. La elección por la

asamblea de un director suplente será obligatoria mientras la Sociedad prescinda de la sindicatura.- El término

de su elección es de tres ejercicios.- Asamblea fijara el número de Directores así como su remuneración, El

Directorio sesionará con la mayoría absoluta de sus integrantes y resuelve por mayoría de los presentes. En

caso de empate, el presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión el Directorio designará

un presidente, pudiendo, de existir pluralidad de titulares elegir un vicepresidente que suplirá al primero en su

ausencia o impedimento. Los Directores titulares deberán constituir una garantía conforme al artículo 256 de

la ley 19.550 a favor de la sociedad, por el plazo que dure su mandato, más el período de prescripción de las

acciones individuales que puedan realizarse en su contra. El monto y las modalidades de la garantía deben ser

las que fijen las normas de la Inspección General de Justicia. El costo deberá ser soportado por el Director. El

Directorio tendrá amplias facultades de disposición y administración, incluso las que requieren poderes especiales

a tenor de artículo 1881 del Código Civil y del artículo noveno del Decreto Ley 5965/63. La representación legal

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.508 - Segunda Sección 9 Jueves 19 de septiembre de 2024

de la sociedad corresponde al Director Titular y Presidente de la Sociedad o al Vicepresidente, en su caso. Para

todos aquellos actos que impliquen asumir obligaciones por la Sociedad de entre cien mil euros (EUR 100.000) y

doscientos cincuenta mil euros (EUR 250.000) se requerirá la firma conjunta del Vicepresidente conjuntamente con

otro cualquiera de los Directores. Para Actos de la mencionada naturaleza que impliquen montos entre doscientos

cincuenta mil euros (EUR 250.000) y quinientos mil euros (EUR 500.000) se requerirá la firma del Presidente del

Directorio, conjuntamente con otro cualquiera de los Directores Toda operación que implique la asunción por la

sociedad de obligaciones superiores a quinientos mil euros (EUR 500.000) requerirá de la autorización expresa

previa de la Asamblea de Accionistas.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 136 de fecha 16/09/2024

Reg. Nº 89

luciana carolina botte - Matrícula: 4763 C.E.C.B.A.

e. 19/09/2024 N° 64912/24 v. 19/09/2024