N° 64292/24 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 1
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 1
El Sr. Juez a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 1 de la Ciudad de Autónoma
de Buenos Aires, Dr. Alberto ALEMÁN, Secretaría Nº 1 a cargo del Dr. Mariano CONDE, en los autos caratulados:
“PROCONSUMER c/ BANCO CREDICOOP COOP. LTDO s/ORDINARIO” (Expte. Nº 24.383/2019), en trámite ante
el Juzgado y Secretaría, con domicilio en calle Avda. Pte. Roque Sáenz Peña Nº 1211 de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, con la intervención de la Dra. Mónica Susana MAURI en su carácter de titular de la Fiscalía en
lo Civil y Comercial Nº4, con domicilio en calle Uruguay Nº 714 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita
y emplaza - a clientes (y eventualmente ex clientes) – consumidores - del BANCO CREDICOOP COOP. LTDO,
CUIT Nº 30-57142135-2, con domicilio en Reconquista Nº 484, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a quienes
se les haya cobrado y/o se les cobre en la actualidad y hasta la fecha en que se dicte sentencia, el concepto
“COMISIÓN DEPÓSITO POR CAJA EN EFECTIVO”, “COM. DEP. POR CAJA EN EFECTIVO” U OTRA EXPRESIÓN
ANÁLOGA Y/O EQUIVALENTE-. La Resolución que lo ordena, en parte pertinente, dice lo siguiente: “Buenos Aires,
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.508 - Segunda Sección 104 Jueves 19 de septiembre de 2024
29 de diciembre de 2022.- 2. Respecto de los procedimientos para garantizar la adecuada notificación a aquellas
personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, el Tribunal dispone: i) publicar edictos -en la
forma establecida por el art. 54 LDC-, por el término de cinco días en el Boletín Oficial. La publicación se realizará
sin “previo pago”, circunstancia que hará constar el Juzgado al momento de la publicación vía intranet. Fdo. Valeria
Pérez Casado, Jueza Subrogante”.- Se hace saber que la demanda fue instaurada el 12/09/2019 por la Asociación
Protección Consumidores del Mercado Común del Sur – Proconsumer, CUIT Nº 30-67986352-1, domiciliada en
calle Viamonte Nº 885, Piso 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono Nº 011-43224092, mail consultas@
proconsumer.org.ar, y que laacción colectiva tiene por objeto: a) Que el BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. cese de
facturar a sus clientes de todo el país, titulares de cuenta corriente, sumas de dinero por el concepto denominado
“COMISIÓN DEPÓSITO POR CAJA EN EFECTIVO”, “COM. DEP. POR CAJA EN EFECTIVO” U OTRA EXPRESIÓN
ANÁLOGA Y/O EQUIVALENTE”; b) El reintegro a los referidos clientes, actuales o pasados, de las sumas abonadas
por el concepto “COMISIÓN DEPÓSITO POR CAJA EN EFECTIVO”, “COM. DEP. POR CAJA EN EFECTIVO” U
OTRA EXPRESIÓN ANÁLOGA Y/O EQUIVALENTE, con más sus intereses por todo el período no prescripto hasta
la fecha del efectivo pago; c) La imposición, en favor de cada uno de los usuarios afectados, de la multa prevista en
el art. 52º bis de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240 –en adelante LDC–, introducido por la modificación
establecida por Ley 26.361.- En base a lo establecido en el art. 54 ley Nº 24.240, se hace saber que la sentencia
que haga lugar a la pretensión hará cosa juzgada para el demandado y los consumidores o usuarios individuales
que se encuentren en similares condiciones, excepto aquellos que manifiesten su voluntad de apartarse, previo a
la sentencia en los términos y condiciones que el magistrado disponga. Publíquese por cinco (5) días en el Boletín
Oficial de la República Argentina. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ___ de septiembre de 2024. Alberto Alemán
Juez - Mariano Conde Secretario
e. 18/09/2024 N° 64292/24 v. 24/09/2024