N° 19018/2014 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36
En atención al acuerdo conciliatorio arribado en el marco del expediente Nº 19018/2014 “CONSUMIDORES
DAMNIFICADOS ASOCIACION CIVIL C/ PRO MUJER SERVICIOS FINANCIEROS S.A S/ ORDINARIO” que tramita
por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº18, Secretaría Nº36, Pro Mujer Servicios
Financieros S.A. (anteriormente denominada ILUMINA SOLUCIONES FINANCIERAS S.A. y, antes de ello, FIE
GRAN PODER S.A.) pone en conocimiento que efectuará reintegros a favor de los clientes y ex clientes personas
físicas consumidores finales que surgen del listado correspondiente y por las sumas allí incluidas, en concepto de
restitución total del diferencial resultante de comparar el CFT promedio del sistema financiero y el CFT aplicado por
Pro Mujer Servicios Financieros S.A. (conforme tope determinado en el precedente “Consumidores Damnificados
Asociación Civil c/ Credil S.R.L. s/ordinario” Expte. 17.354/2013 por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia
en lo Comercial Nro. 18 Secretaría Nro. 36 bajo la fórmula CFT promedio + 1,5 * CFT promedio) para toda la cartera
de préstamos que, entre diciembre 2016-diciembre 2017 y mayo 2020- agosto 2020, hayan superado el citado
CFT promedio del sistema financiero; con más sus intereses desde la fecha del desembolso correspondiente. El
reintegro a quienes sean clientes activos se efectuará mediante compensación con las financiaciones vigentes
dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la homologación firme del acuerdo, bajo la leyenda “Reintegro
Cobro de Préstamo”. A aquellos clientes existentes respecto de los cuales la compensación del reintegro le reporte
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.511 - Segunda Sección 92 Martes 24 de septiembre de 2024
un saldo líquido a favor del usuario y a los ex clientes, se les efectuará pedido de identificación de cuentas y Clave
Bancaria Uniforme a través de la firma COELSA, a los efectos de que dicha Cámara Compensadora autorizada
por el BCRA acredite los reintegros en cualquier cuenta bancaria de los beneficiarios existente en la Argentina.
Los importes que no pudieren ser transferidos a una cuenta bancaria podrán ser retirados por sus titulares en
el domicilio social de PM sito en Av. Rivadavia 11008 (CABA). El acuerdo, el listado de clientes y ex clientes
alcanzados y la sentencia homologatoria podrán ser consultados en el sitio www.pjn.gov.ar/consultadecausas;
como también en https://promujer.org/ar/es/, en las Sucursales de PM y en los estrados del juzgado. En todos los
casos el reintegro será único. Aquellos clientes y ex clientes que desearen apartarse de los términos del acuerdo,
contarán con igual plazo para manifestarse por escrito en tal sentido.” El presente edicto deberá publicarse por
2 días en el Boletín Oficial. Ciudad de Buenos Aires, de septiembre de 2024 Valeria Perez Casado Juez - Adriana
Bravo Secretaria
e. 23/09/2024 N° 65608/24 v. 24/09/2024