W20 Argentina W20Argentina

N° 66424/24 Aviso del Boletín Oficial

ABCM SOLUCIONES FINANCIERAS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 25 de septiembre de 2024

Texto del aviso

ABCM SOLUCIONES FINANCIERAS S.R.L.

ABCM SOLUCIONES FINANCIERAS SRL. CUIT 30-71613903-0. CESIÓN DE CUOTAS. Por cesión de cuotas de

fecha 17/09/2024, Escritura 49, Registro Notarial 1136, CABA: Luis Eujenio RAJNAR, transfirió a Cristian Uriel

NATERO 150.000 cuotas y a Mateo Ignacio NATERO 100.000 cuotas. En consecuencia el capital social de

$ 50.000.000 representado por 500.000 cuotas de $ 100 valor nominal cada una queda compuesto de la siguiente

manera: Cristian Uriel NATERO 400.000 cuotas y Mateo Ignacio NATERO 100.000 cuotas. En cumplimiento de Res.

Gral IGJ 03/2020, no implica reforma de contrato social. MODIFICACIÓN CONTRATO SOCIAL. DENOMINACIÓN

SOCIAL. AMPLIACIÓN OBJETO. Por Acta de Reunión Unánime de Socios 17/09/2024 se decidió modificar los

siguientes artículos del contrato social: 1) “ARTICULO PRIMERO: La Sociedad se denominaba “ABCM Soluciones

Financieras S.R.L.” y se ahora denomina “ABCM Soluciones S.R.L.”. La Sociedad tiene su domicilio legal en

la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pudiendo establecer sucursales, agencias y depósitos

en cualquier punto del país o del extranjero.” 2) “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse

por cuenta por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en todo el territorio del país, a las siguientes

actividades: I) Constructora: Proyecto, dirección, administración y ejecución de obras civiles, urbanizaciones,

refacción o demolición de las obras enumeradas; construcción, refacción, terminación y reparación de viviendas,

lotes urbanos o rurales, acopio de materiales de construcción. II) Inmobiliaria: Compra, venta, permuta,

administración, intermediación, locación, arrendamiento y urbanización de lotes, inmuebles urbanos y rurales,

propios o de terceros, fraccionamiento, unificación, subdivisión y enajenación de lotes, countries, clubes de campo,

barrios náuticos, barrios cerrados o similares, loteos, y administración de los mismos. III) Administración por

cuenta de terceros e intermediación en negocios financieros, corretajes, mandatos, comisiones, consignaciones

y administración de carteras crediticias, actuar como fiduciario ordinario o financiero, realizar operaciones que

tengan por objeto valores negociables, títulos de crédito y otros activos financieros, adquisición de créditos y

derechos sobre flujos de fondos, otorgamiento de crédito en general; realización de aportes o inversiones de

capital a personas jurídicas, dentro de los límites establecidos y sujeto al cumplimiento de la legislación aplicable;

otorgamiento de financiaciones en general con fondos propios o de terceros, con o sin garantías; conforme

la legislación vigente, negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios. Las actividades que así lo

requieran serán llevadas a por profesionales con título habilitante en la materia. Para el cumplimiento de sus

fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todas

las operaciones, actos y contratos permitidos por las leyes, y que se relacionen directa o indirectamente con su

objeto social, y en general para realizar todas aquellas actividades que no sean contrarias a su objeto, y que no

sean prohibidos por las leyes, reglamentos o por este contrato social.” 3) “ARTICULO CUARTO: El Capital Social se

fija en la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000.-), dividido en QUINIENTAS MIL (500.000) cuotas

partes de PESOS CIEN ($ 100.-) valor nominal cada una y de un (1) voto por cuota.- Cuando el giro comercial de

la sociedad lo requiera, podrá aumentarse el capital social indicado en el párrafo anterior por el voto favorable de

más de la mitad del capital, en reunión de socios, que determinará el plazo y monto de integración.” Autorizado

según instrumento público Esc. Nº 49 de fecha 17/09/2024 Reg. Nº 1136

Federico Francisco Delpech - T°: 128 F°: 46 C.P.A.C.F.

e. 25/09/2024 N° 66424/24 v. 25/09/2024