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N° 67183/24 Aviso del Boletín Oficial

CHICAGO FINC GROUP S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 26 de septiembre de 2024

Texto del aviso

CHICAGO FINC GROUP S.R.L.

1) 23/9/24. 2) Gonzalo Miguel MARTIN CAMPO DNI 37981923, 27/1/94, Malabia José 555, Ituzaingo, Prov de Bs.As;

y Ramón Héctor MERCADO, 23590322, 13/7/73, Justicia 311, Libertad, Merlo, Prov Bs.As. Ambos argentinos,

solteros, comerciantes. 4) Florida 15, Piso 8, Oficina 26, CABA. 5) A) CONSTRUCTORA: la realización de proyectos,

dirección, administración, construcción o explotación de edificios urbanos y/o rurales, obras viales, desagües,

gasoductos, oleoductos, diques, usinas o todo tipo de obras de ingeniería o arquitectura, de carácter público o

privadas, municipales, provinciales o nacionales o internacionales, sea como contratista principal o subcontratista

o bajo cualquier otra forma de contratación.- B) ESTUDIOS DE MERCADO: la elaboración de estudios de mercado,

asesoramiento, análisis, promoción, determinación de factibilidades, confección de planes de desarrollo, programas

de comercialización, análisis y determinación de sistemas publicitarios.- C) INMOBILIARIA: La compraventa

de inmuebles, urbanos y rurales, inclusive bajo el régimen de la ley de propiedad horizontal, la realización de

tareas de intermediación, la celebración de contratos de locación, la administración de inmuebles propios y/o de

terceros, inclusive los consorcios de propietarios; la compraventa, la administración y/o urbanización de loteos y

la realización de fraccionamientos de cualquier índole, mediante las figuras admitidas en la legislación argentina,

inclusive fideicomiso y leasing ley 24.441, el aporte de capital de sociedades por constituir o constituidas, la

construcción y/o reparación de obras civiles, edificios, consorcios.- D) FINANCIERA: Recaudación a cuenta y

orden de un tercero, aportes o inversiones de capital a empresas o sociedades constituidas o a constituirse, para

negocios realizados o a realizarse, otorgar fianzas o avales, garantías reales o personales en favor de terceros

adquirir y ceder créditos de cualquier naturaleza, con o sin garantía real, compraventa de valores nacionales

ajustables, bonos externos, acciones, obligaciones, debentures y toda clase de títulos valores y papeles de crédito

en general públicos o privados, creado o a crearse en cualquiera de las formas permitidas por la ley, con exclusión

de las actividades regladas por la ley 21.526, sus modificaciones y reglamentaciones vigentes.- E) IMPORTACION-

EXPORTACION: La realización de operaciones de comercio internacional, incluyendo la importación y exportación

de bienes y/o servicios por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, con este fin podrán también: 1)

celebrar y ejecutar en el país o en el exterior toda clase de contratos respecto de bienes o servicios nacionales

destinados a la exportación o bienes o servicios importados destinados al mercado interno, 2) llevar a cabo todas

las actividades o servicios vinculados con la exportación o importación de bienes o servicios.- F) MANDATOS Y

SERVICIOS: el ejercicio de toda clase de representaciones, mandatos o comisiones, por cuenta y orden de terceros

en general, domiciliados en el país o en el extranjero.- G) INDUSTRIAL Y COMERCIAL: la fabricación, elaboración,

transformación, conservación, armado, ensamblaje o demás operaciones industriales y/o comerciales así como

la compra, venta, permuta, fraccionamiento, distribución, representación, importaciones o exportación de toda

clase de mercaderías, materias primas, productos semi elaborados o terminados, bienes o servicios. La Sociedad

podrá realizar las actividades que hacen a su objeto social ya sea mediante atención personal o vía comercio

electrónico (e-commerce). Asimismo podrá realizar por sí o por terceros entregas a domicilio. A tales efectos la

sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos

que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Para el mejor desarrollo de su objeto podrá otorgar o

aceptar mandatos comisiones consignaciones prestaciones de servicios que se vincules con la actividad. Para

el supuesto de requerirse conocimientos especiales, estos, serán desarrollados por profesionales debidamente

habilitados y/o idóneos, con el cargo de director técnico. 6) 99 años. 7) $ 2.000.000, en cuotas de $ 1 y 1 voto.

Suscriben 1.000.000 cuotas c/u. 9) GERENTE Gonzalo Miguel MARTIN CAMPO, domicilio especial sede social. 10)

31/12. Autorizado según instrumento privado contrato de fecha 23/09/2024

CRISTIAN JAVIER LOPEZ - Habilitado D.N.R.O. N° 3649

e. 26/09/2024 N° 67183/24 v. 26/09/2024