N° 67993/24 Aviso del Boletín Oficial
CHINADESK LAW FIRM S.R.L.
Texto del aviso
CHINADESK LAW FIRM S.R.L.
RECTIFICACIÓN DE PUBLICACIÓN DE EDICTO DE FECHA 11/09/2024 - TRAMITE 62461/24: “CHINADESK LAW
FIRM S.R.L.” - Rectifica el anuncio 983292 publicado durante 1 día el 11/09/2024 de constitución de SRL, por
cambio de objeto social: “ARTÍCULO CUARTO: OBJETO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia
o ajena o asociada a terceros, tanto en el país como en el extranjero, a la prestación de servicios, el asesoramiento
integral y consultoría empresaria en materia jurídica, administración de contratos, estudio e instrumentación de
sistemas internos de control de gestión y/o control de calidad, estudio e implementación de sistemas informáticos,
relevamiento de datos, análisis e interpretación de datos, realización de estudios de mercado, estudio y asesoría en
la implementación de sistemas operativos generales, asesoramiento jurídico, informático, proyectos de inversión
internacional, nacional, municipal, provincial, regional, y sectorial, capacitación en las distintas ramas relacionadas
con el objeto social. Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la ley exija requisitos
especiales que no queden cumplidos por esta sociedad. Si las disposiciones legales exigiesen para alguna de las
actividades de la sociedad alguna autorización administrativa, dichas actividades deberán realizarse por medio de
persona que ostente dicha titularidad profesional o administrativa y, en su caso, no podrán iniciarse antes de que se
hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos. Asimismo, cualquier actividad que requiera incumbencias
específicas será realizada por profesionales con matrícula activa en su respectivo consejo o colegio profesional.
La sociedad no llevará a cabo las actividades previstas en la Ley 20.488 de incumbencias profesionales. Los
servicios de asesoramiento o de consultoría podrán desarrollarse en las materias que sean de su competencia
a particulares, empresas e inclusive al Estado Nacional, Provincial o Municipal y demás reparticiones públicas
estatales y gubernamentales. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,
contraer obligaciones y celebrar todos los actos y contratos, a título oneroso o gratuito, que no sean prohibidos
por las leyes o por este estatuto”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 79 de fecha 26/09/2024 Reg.
Nº 1935
MARIA NOELIA CAPUTO - Matrícula: 5178 C.E.C.B.A.
e. 30/09/2024 N° 67993/24 v. 30/09/2024