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N° 67993/24 Aviso del Boletín Oficial

CHINADESK LAW FIRM S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 30 de septiembre de 2024

Texto del aviso

CHINADESK LAW FIRM S.R.L.

RECTIFICACIÓN DE PUBLICACIÓN DE EDICTO DE FECHA 11/09/2024 - TRAMITE 62461/24: “CHINADESK LAW

FIRM S.R.L.” - Rectifica el anuncio 983292 publicado durante 1 día el 11/09/2024 de constitución de SRL, por

cambio de objeto social: “ARTÍCULO CUARTO: OBJETO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia

o ajena o asociada a terceros, tanto en el país como en el extranjero, a la prestación de servicios, el asesoramiento

integral y consultoría empresaria en materia jurídica, administración de contratos, estudio e instrumentación de

sistemas internos de control de gestión y/o control de calidad, estudio e implementación de sistemas informáticos,

relevamiento de datos, análisis e interpretación de datos, realización de estudios de mercado, estudio y asesoría en

la implementación de sistemas operativos generales, asesoramiento jurídico, informático, proyectos de inversión

internacional, nacional, municipal, provincial, regional, y sectorial, capacitación en las distintas ramas relacionadas

con el objeto social. Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la ley exija requisitos

especiales que no queden cumplidos por esta sociedad. Si las disposiciones legales exigiesen para alguna de las

actividades de la sociedad alguna autorización administrativa, dichas actividades deberán realizarse por medio de

persona que ostente dicha titularidad profesional o administrativa y, en su caso, no podrán iniciarse antes de que se

hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos. Asimismo, cualquier actividad que requiera incumbencias

específicas será realizada por profesionales con matrícula activa en su respectivo consejo o colegio profesional.

La sociedad no llevará a cabo las actividades previstas en la Ley 20.488 de incumbencias profesionales. Los

servicios de asesoramiento o de consultoría podrán desarrollarse en las materias que sean de su competencia

a particulares, empresas e inclusive al Estado Nacional, Provincial o Municipal y demás reparticiones públicas

estatales y gubernamentales. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,

contraer obligaciones y celebrar todos los actos y contratos, a título oneroso o gratuito, que no sean prohibidos

por las leyes o por este estatuto”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 79 de fecha 26/09/2024 Reg.

Nº 1935

MARIA NOELIA CAPUTO - Matrícula: 5178 C.E.C.B.A.

e. 30/09/2024 N° 67993/24 v. 30/09/2024