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N° 68945/24 Aviso del Boletín Oficial

JURIS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 2 de octubre de 2024

Texto del aviso

JURIS S.A.

CUIT 30-62379520-5. Comunica que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 12/09/2024 se resolvió

reformar el artículo 3° del Estatuto Social, conforme el siguiente texto: “ARTICULO TERCERO.- La Sociedad tendrá

como objeto realizar por sí o por terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: I) INMOBILIARIAS:

mediante la compra, venta, permuta, construcción, arrendamiento y administración de inmuebles de cualquier

naturaleza, ya sea urbanos o rurales, urbanizaciones, loteos, mensuras, fraccionamientos, subdivisiones, y en

general ser prestadora de servicios vinculados o relacionados a la actividad inmobiliaria sean éstos comerciales,

técnicos o profesionales, integración y administración de fideicomisos los que podrá ejercer por sí o a través

de profesionales matriculados cuando así lo exigieran las normas legales en vigencia; II) FINANCIERAS: ii.i.

Desarrollar y prestar servicios financieros y vinculados a estos, incluyendo: a) prestar servicios de recaudación

de todo tipo de pagos comerciales, sea por bienes o servicios de cualquier naturaleza; c) asesorar, organizar y

tomar intervención bajo cualquier modalidad en procesos de titulización de carteras de valores o créditos, propias

o de terceros, con o sin oferta pública; d) a los efectos del apartado anterior, hacer emisión de títulos de deuda o

certificados de participación y podrá suscribir, en forma primaria o secundaria, indistintamente, títulos de deuda

o certificados de participación emitidos por terceros o asumir las obligaciones de agente colocador; e) recibir

mandatos o comisiones mercantiles vinculadas con las operaciones propias de su objeto y realizar todas las

operaciones vinculadas al negocio de factoraje o asistencia crediticia o descuento; ii.ii. Desarrollo y prestación

de servicios crediticios y vinculados a estos, incluyendo: a) otorgar asistencia crediticia mediante operaciones de

descuento; b) otorgar asistencia crediticia anticipando a los clientes todo o parte de los fondos que estos tuvieran

a cobrar de terceros; c) descontar o tomar en garantía documentos comerciales o activos financieros en general,

cualquiera sea la naturaleza; d) realizar operaciones de adquisición o enajenación de documentos o créditos,

asumiendo el rol de cedente o cesionario, endosante o endosatario, asumiendo o no la responsabilidad por la

solvencia de los obligados o eficacia económica de las respectivas obligaciones; e) intervenir en operaciones

del tipo mencionado en los apartados precedentes que celebren terceros entre sí, asumiendo o no el rol de

garante, agente pagador o agente cobrador; III) DE INVERSIÓN: Desarrollar y realizar operaciones de inversión

incluyendo: a) constituir sociedades o adquirir acciones de sociedades o empresas constituidas o a constituirse,

sin la limitación establecida en el artículo 31 de la ley general de sociedades; b) realizar aportes o inversiones de

capital en sociedades o empresas constituidas o a constituirse; c) intervenir en cualquier tipo de operaciones

relacionados con valores mobiliarios o títulos públicos o privados y solicitar financiación para la adquisición o

mantenimiento de inversiones; d) realizar inversiones financieras; e) comprar y vender títulos, acciones, papeles

de comercio, créditos o valores; f) tomar créditos con o sin constitución de hipotecas o derechos reales; g) operar

con instituciones bancarias y de créditos, y en general realizar todos los actos, contratos, gestiones, trámites, y/o

diligencias necesarias, que se relacionen directamente con el destino y finalidad del objeto social de la sociedad

que en este acto se constituye. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede

realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario, y celebrar

contratos de colaboración y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley

de Entidades Financieras y toda otra que requiera concurso y/o ahorro público”. Autorizado según instrumento

privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 12/09/2024

María Alicia SACCHETTA - T°: 142 F°: 63 C.P.A.C.F.

e. 02/10/2024 N° 68945/24 v. 02/10/2024