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N° 69247/24 Aviso del Boletín Oficial

EDIFICIO SOLER S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 3 de octubre de 2024

Texto del aviso

EDIFICIO SOLER S.R.L.

Complementa TI N° de Aviso 64273/24 del 18/09/24. La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, ó de

terceros, o asociada a terceros, en cualquier parte del país o del extranjero a las siguientes actividades:

INMOBILIARIA: compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles incluso las

comprendidas bajo el régimen de Propiedad Horizontal o Propiedad Horizontal Especial, así como también celebrar

todo tipo de contratos relacionados con inmuebles; dedicarse al fraccionamiento, loteos de parcelas destinadas a

vivienda, urbanización, clubes de campos, explotaciones agricolas o ganaderas y parques industriales;

administración y explotación de toda clase de inmuebles urbanos y/o rurales, sean propios o de terceros, inclusive

de consorcio de propietarios; realizar tareas de intermediación; dedicarse a todo tipo de inversiones inmobiliarias

incluso las comprendidas en el Régimen de Propiedad Horizontal y/o Propiedad Horizontal Especial, sean para

vivienda familiar o comerciales o industriales, centros comerciales u hoteles; constituir fideicomisos, leasing

inmobiliarios; transmitir el dominio fiduciario; adherirse a contratos de fideicomisos, ceder derechos de los mismos;

realizar ofertas, publicar proyectos a través de la plataforma de crowdfunding para obtener adherentes o de

cualquier otra plataforma creada o a crearse en el futuro; realizar alquileres temporarios o no, dentro de los plazos

contemplados en la ley de locaciones o de las leyes especiales, sean de inmuebles urbanos, rurales, de cocheras,

de locales comerciales; celebrar convenios de restitución y rescisión de inmuebles; celebrar comodatos; dedicarse

a la explotación de hoteles, hospedajes y/o similares, celebrar todo tipo de contratos en centros comerciales los

que tambien podrán ser de fianza, pudiendo inclusive realizar la adquisición, enajenación y permuta de bienes

inmuebles y la construcción de ellos. También podrán locar, vender, permutar inmuebles destinados a espacios

recreativos, como son los bares y/o restaurantes; podrán hipotecar, gravar, con cualquiera de los derechos reales

contemplados en la ley de fondo o leyes especiales; adecuar los contratros que se celebren a la ley del consumidor

y sus modificatorias; celebrar contratos asociativos con empresas y/o sociedades; celebrar joinventures. También

podrá dedicarse a la administración de propiedades de inmuebles, propios o de terceros; realizar tasaciones,

emitir dictamenes como consultora, asesorar, hacer reservas del derecho de exclusividad; rendir cuentas a los

contratatantes. Incluso podrá interactuar en el espacio consignado en el metaverso con relación a los fines y

objetos de esta sociedad; CONSTRUCTORA: Dedicarse a la construcción de todo tipo de viviendas, residencias,

edificios, inclusive bajo el Régimen de Propiedad Horizontal o de Propiedad Horizontal Especial, de complejos

urbanísiticos o de descanso, a la realización de obras privadas, públicas y de ingenieria; diseñar proyectos de

obras; confeccionar planos; ejecutar direcciones de obras, construcciones, reformas, ampliaciones y/o reparaciones

de todo tipo de viviendas, individuales o colectivas, prefabricadas o no; diseñar y dirigir la construcción de

conjuntos inmobiliarios, complejos hoteleros, edificios sea bajo el Régimen de la ley de Propiedad Horizontal o ley

de Propiedad Horizontal Especial. Para el ejercicio de sus actividades, la sociedad podrá celebrar toda clase de

contratos; adquirir, disponer y financiar toda clase de bienes, inclusive registrables y operar con instituciones

bancarias, pudiendo también constituirse en fiadores o acreedores. Las precedentes actividades las podrá ejecutar

por contratación directa y/o indirecta y/o licitaciones públicas y/o privadas y/o nacionales y/o internacionales, con

aportes propios o de particulares, o de Bancos Nacionales, Extranjeros, Provinciales, Municipales, mixtos, u otra

institución de credito oficial o privada proveniente de organismos gubernamentales o no gubernamentales. La

sociedad también podra constituir y/o participar en sociedades y en cualquier otra forma asociativa y/o de

colaboración empresarial, en el país o en el extranjero, realizando a tal efecto los aportes de capital correspondientes,

otorgar garantias, constituir fianzas o avales; COMERCIAL: Dedicarse por cuenta propia o asociada a terceros a la

compraventa y/o alquileres, sean en moneda nacional o extranjera o en criptomonedas o por cualquier forma de

pago que en el futuro se implemente, pactando su forma de pago, la cual podrá ser al contado o a plazos. Distribuir,

fabricar, importar, exportar, y comercializar en todas sus formas materiales directamente afectados a la construcción

como ser: cerámicos para revestimientos o pisos, pisos de madera, construcciones premoldeadas y/o prefabricadas,

artefactos sanitarios y/o complementos, griferias y sus anexos, artefactos eléctricos y sus complementos, artículos

para calefacción o refrigeración y/o sus anexos; muebles de madera o en cualquier otro material; placas de durlock,

entre otras. La sociedad también podrá constituir y/o participar en sociedades y en cualquier otra forma asociativa

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.518 - Segunda Sección 18 Jueves 3 de octubre de 2024

y/o de colaboración empresarial en el país o fuera de él realizando a tal efecto los aportes de capital correspondientes;

INDUSTRIAL: Mediante la producción, elaboración, transformación e industrialización de elementos utilizados en

la construcción, elementos de construcción premoldeados y/o prefabricados; estructuras metálicas, techos

parabólicos, tinglados, aberturas; fabricar hormigón para uso propio o de terceros, sea en la fabricación de

hormigones pretensados o en las obras que así lo requieran. Se incluye en este punto el servicio de transporte de

hormigón, mediante la utilización de equipos motohormigoneros u otros medios similares; FINANCIERA: La

sociedad podrá constituir contratos de fianza; integrar fideicomisos financieros que tengan como objeto la

obtención de créditos para su desarrollo; otorgar creditos personales pagaderos en cuotas, destinados a la

adquisición de bienes de uso o de consumo corriente, en cualquier moneda nacional o extranjera, criptomonedas,

titulos valores u otros instrumentos de compra utilizables ante los comercios adheridos al sistema; conceder

créditos para la financiación de la compra o venta de bienes pagaderos en cuotas o a término, y prestamos

personales con garantía o sin ella; emitir obligaciones negociables con garantia en capital propio o de terceros;

realizar operaciones de creditos hipotecarios mediante recursos propios, inversiones o aportes de capital a

sociedades por acciones constituidas o a constituirse, para operaciones realizadas en curso de realización o a

realizarse; prestamos a interes y financiaciones, y créditos en general, con cualquiera de las garantías previstas en

la legislación vigente, o que se dicten en el futuro, o sin ellas, con fondos propios; comprar, vender y todo tipo de

operaciones con titulos, acciones, obligaciones, debentures y cualquier otro valor mobiliario en general, sean

nacionales o extranjeros, por cuenta propia o de terceros. La sociedad no podra realizar operaciones comprendidas

en la Ley de Entidades Financieras, ni aquellas para las cuales se requiera la oferta pública; DESARROLLO

TECNOLOGICO: Utilización e implementación de software y hardware, redes informáticas y/o aplicaciones

digitales, relacionadas con los objetos de la empresa, pudiendo ademas realizar marketing y otro tipo de publicidad

de las obras construidas y/o a construir y/o para arrendar y/o para vender y/o para permutar y de cualquier otro

emprendimiento descripto en este instrumento, sean de propiedad social o de terceros. Pudiendo implementar la

investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías para la construcción, como así también la firma digital y/o

electrónica para la suscripción de cualquier contrato y/o actas de reuniones de socios.- A tal fín la sociedad tiene

plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar toda clase de actos, contratos y

operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, intervenir en actuaciones ante

entidades financieras y bancarias, organismos públicos, nacionales, provinciales y municipales y toda otra persona

física o jurídica, otorgar toda clase de poderes generales y/o especiales y suscribir toda clase de escrituras públicas

y todos los instrumentos públicos y/o privados que sean pertinentes; Autorizado según instrumento público Esc.

Nº 41 de fecha 16/09/2024 Reg. Nº 2027

Marcela Adriana Vazquez - Matrícula: 4322 C.E.C.B.A.

e. 03/10/2024 N° 69247/24 v. 03/10/2024