N° 69116/24 Aviso del Boletín Oficial
ESPARTINA S.A.
Texto del aviso
ESPARTINA S.A.
CUIT 30-63532214-0.- Por Acta de Asamblea General Extraordinaria 122 del 23/08/2024, se resolvió modificar el
artículo 3° que queda así redactado: ARTÍCULO TERCERO: OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta
propia, de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: COMERCIALES: Mediante la importación,
exportación y comercialización de toda clase de ganado y productos agropecuarios.- AGROPECUARIAS: Mediante
la explotación de establecimientos rurales propios y ajenos de cualquier tipo y clase.- INDUSTRIALES: Mediante
la elaboración y procesamiento de materias primas agrícolas, ganaderas y forestales.- INMOBILIARIAS: Mediante
la adquisición, venta, arrendamiento, explotación y/o administración de inmuebles rurales.- Para su cumplimiento
la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos que no estén prohibidos por las leyes o
el presente estatuto.- Asimismo, la sociedad podrá otorgar garantías reales y personales a otras sociedades con
la previa aprobación de la Asamblea en los términos previstos en el artículo décimo primero de este estatuto.-
Para su cumplimiento la sociedad tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones, adquirir derechos y
realizar todos los actos jurídicos que no estén prohibidos por las leyes o este estatuto.- La sociedad podrá también
administrar y disponer, en carácter de fiduciario, fiduciante, beneficiario o fideicomisario, de los derechos y/o bienes
y/o recursos de cualquier naturaleza que compongan los fideicomisos y/o fondos fiduciarios para distintos objetos
y finalidades. A tales fines: (i) actuará como fiduciario en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley
26.994) quedando facultada para desempeñarse en tal carácter en toda clase de administración de fideicomisos,
incluyendo a modo enunciativo y sin que implique limitación de naturaleza alguna a cualquier tipo de fideicomisos
públicos y privados, financieros, no financieros, de empresa, convencionales, traslativos, de garantía, para
programas de propiedad participada, de administración, de inversión y todo otro tipo de fideicomisos o servicios
fiduciarios, mandatos y representaciones, (ii) podrá solicitar su inscripción e inscribirse, en el y o los registro/s que
correspondiere/n; (iii) organizar jurídica y administrativamente consorcios de inversores para el desarrollo de los
proyectos promovidos; (iv) tramitar ante instituciones financieras nacionales e internacionales, créditos, avales y
participaciones para los proyectos a desarrollar; (v) gestionar ante los organismos gubernamentales competentes
la obtención de beneficios para el desarrollo de proyectos y/o todas otras operaciones financieras que estén
relacionadas con el objeto descripto en el presente apartado, con expresa exclusión de las operaciones previstas
en la Ley de Entidades Financieras y de toda otra que requiera el concurso público, y (vi) constituir sociedades
incluidas en la Ley General de Sociedades N° 19550, agrupamientos de colaboración, y/o cualquier otra diligencia
con personas jurídicas o físicas, domiciliadas en el país o en el extranjero.- Para su cumplimiento la sociedad
tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones, adquirir derechos y realizar todos los actos jurídicos
que no estén prohibidos por las leyes o este estatuto”.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 85 de fecha
19/09/2024 Reg. Nº 568
Reinaldo Omar Bogado - T°: 92 F°: 731 C.P.A.C.F.
e. 03/10/2024 N° 69116/24 v. 03/10/2024