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N° 69116/24 Aviso del Boletín Oficial

ESPARTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 3 de octubre de 2024

Texto del aviso

ESPARTINA S.A.

CUIT 30-63532214-0.- Por Acta de Asamblea General Extraordinaria 122 del 23/08/2024, se resolvió modificar el

artículo 3° que queda así redactado: ARTÍCULO TERCERO: OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta

propia, de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: COMERCIALES: Mediante la importación,

exportación y comercialización de toda clase de ganado y productos agropecuarios.- AGROPECUARIAS: Mediante

la explotación de establecimientos rurales propios y ajenos de cualquier tipo y clase.- INDUSTRIALES: Mediante

la elaboración y procesamiento de materias primas agrícolas, ganaderas y forestales.- INMOBILIARIAS: Mediante

la adquisición, venta, arrendamiento, explotación y/o administración de inmuebles rurales.- Para su cumplimiento

la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos que no estén prohibidos por las leyes o

el presente estatuto.- Asimismo, la sociedad podrá otorgar garantías reales y personales a otras sociedades con

la previa aprobación de la Asamblea en los términos previstos en el artículo décimo primero de este estatuto.-

Para su cumplimiento la sociedad tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones, adquirir derechos y

realizar todos los actos jurídicos que no estén prohibidos por las leyes o este estatuto.- La sociedad podrá también

administrar y disponer, en carácter de fiduciario, fiduciante, beneficiario o fideicomisario, de los derechos y/o bienes

y/o recursos de cualquier naturaleza que compongan los fideicomisos y/o fondos fiduciarios para distintos objetos

y finalidades. A tales fines: (i) actuará como fiduciario en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley

26.994) quedando facultada para desempeñarse en tal carácter en toda clase de administración de fideicomisos,

incluyendo a modo enunciativo y sin que implique limitación de naturaleza alguna a cualquier tipo de fideicomisos

públicos y privados, financieros, no financieros, de empresa, convencionales, traslativos, de garantía, para

programas de propiedad participada, de administración, de inversión y todo otro tipo de fideicomisos o servicios

fiduciarios, mandatos y representaciones, (ii) podrá solicitar su inscripción e inscribirse, en el y o los registro/s que

correspondiere/n; (iii) organizar jurídica y administrativamente consorcios de inversores para el desarrollo de los

proyectos promovidos; (iv) tramitar ante instituciones financieras nacionales e internacionales, créditos, avales y

participaciones para los proyectos a desarrollar; (v) gestionar ante los organismos gubernamentales competentes

la obtención de beneficios para el desarrollo de proyectos y/o todas otras operaciones financieras que estén

relacionadas con el objeto descripto en el presente apartado, con expresa exclusión de las operaciones previstas

en la Ley de Entidades Financieras y de toda otra que requiera el concurso público, y (vi) constituir sociedades

incluidas en la Ley General de Sociedades N° 19550, agrupamientos de colaboración, y/o cualquier otra diligencia

con personas jurídicas o físicas, domiciliadas en el país o en el extranjero.- Para su cumplimiento la sociedad

tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones, adquirir derechos y realizar todos los actos jurídicos

que no estén prohibidos por las leyes o este estatuto”.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 85 de fecha

19/09/2024 Reg. Nº 568

Reinaldo Omar Bogado - T°: 92 F°: 731 C.P.A.C.F.

e. 03/10/2024 N° 69116/24 v. 03/10/2024