N° 68516/24 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 3, a cargo del Dr. Jorge Silvio Sicoli, Secretaría Nº 6,
a cargo del Dr. Santiago Cappagli, con sede en la Av. Callao 635, 6º piso de la Ciudad de Buenos Aire, en los
autos: “BUILDER WORLD S.A. S/QUIEBRA”, (Expte. Nro. 28073/2019), comunica por cinco días que el 16/09/2024
se decretó la quiebra de BUILDER WORLD S.A., C.U.I.T. 30-71437981-6, con domicilio social en la Avda. de Mayo
1353, piso 1ro., CABA. Se hace saber que hasta el día 21 de noviembre de 2024 para que los acreedores formulen
al síndico el pedido de verificación de sus créditos, los cuales deberán remitirse de modo electrónico a la dirección
siljoza@gmail.com. De manera excepcional, y sin perjuicio del protocolo dispuesto se hace saber a los eventuales
acreedores que los interesados que así lo soliciten, podrán concordar día y hora para asistir presencialmente a
dejar o presentar sus insinuaciones conforme lo establece el art. 32 LCQ al domicilio legal de la sindicatura previo
contacto telefónico. El arancel previsto en el art. 32 de la LCQ deberá abonarse por transferencia a la cuenta
identificada con CBU. NRO. 0290058210000000783225. Se informa que el día 07 de febrero de 2025 será el de la
presentación del informe individual y el día 26 de marzo de 2025 el de la presentación del informe general (arts. 35
y 39 LCQ, respectivamente). Se le hace saber a la fallida que deberá entregar al síndico sus bienes de los cuales
queda desapoderado en los términos del art. 106 L.C.Q., intimándola a cumplir con los arts. 86, 2° párrafo y 106 y
siguientes de la LCQ debiendo poner todos sus bienes a disposición del Juzgado en forma apta para que pueda
tomar inmediata y segura posesión de los mismos y a entregarle los libros y demás documentación contable,
societaria, contractual, fiscal y de cualquier otra naturaleza. Asimismo, intímase a los terceros para que entreguen
a la sindicatura los bienes de la fallida. Se encuentra prohibido hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces.
Publíquese por 5 días en el Boletín Oficial Buenos Aires, 26 de septiembre de 2024. El presente deberá publicarse
sin previo pago (art. 273 inciso 8vo LCQ). JORGE S. SICOLI Juez - SANTIAGO CAPPAGLI SECRETARIO
e. 01/10/2024 N° 68516/24 v. 07/10/2024