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N° 71930/24 Aviso del Boletín Oficial

MEDCORE S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 14 de octubre de 2024

Texto del aviso

MEDCORE S.A.

Constitución por escritura pública del 05/09/24. Socios: Sergio Pedro JACHADURIAN, argentino, 11/11/1959,

soltero, empresario, D.N.I. 13.807.312, C.U.I.T. 20-13807312-3, domiciliado en Av. Directorio 1736, C.A.B.A.; y Oscar

Luis NEGRO, argentino, 19/02/1957, divorciado, médico, D.N.I. 12.792.072, C.U.I.T 23-12792072-9, domiciliado en

Venezuela 2592, C.A.B.A. Denominación: “MEDCORE S.A.” Sede social: México número 2976, C.A.B.A. Objeto:

realizar por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros o subcontratando con terceros,

en cualquier parte de la República Argentina o en el extranjero, las siguientes actividades: importación, exportación,

compra, venta, al por mayor, menor, bajo toda forma o modalidad, creación, investigación, desarrollo, elaboración,

envasado, fraccionamiento, producción, procesamiento, intercambio, fabricación, diseño, transformación,

industrialización, depósito, distribución, comercialización en todas sus formas incluso por e-commerce cumpliendo

con las normativas y disposiciones legales aplicables de: a) Droguería: todo tipo medicamentos, drogas, productos

químicos, medicinales y farmacéuticos, biotecnológicos, complementos nutricionales, productos sanitarios,

herboristería, antibióticos y especialidades medicinales para uso humano, veterinario o industrial, materias primas,

productos elaborados y semielaborados, como así también la formulación de materias primas, combinaciones,

compuestos y demás sustancias destinadas a la industria farmacéutica y/o medicinal en todas sus formas y

aplicaciones, rubros complementarios y afines que puedan considerarse directa o indirectamente de uso, utilización

o aplicación a fines medicinales, terapéuticos o relacionados con la salud humana o veterinaria o de uso industrial.

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.524 - Segunda Sección 9 Lunes 14 de octubre de 2024

Se incluye la comercialización por lote, a granel, unitaria o bajo cualquier forma de agrupamiento de medicamentos

o productos medicinales o de los nombrados precedentemente; b) Farmacia: todo tipo de bienes destinados a la

atención de la salud, incluidos los denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas así como la

logística y envíos a domicilio; c) Perfumería: de todo tipo de perfumes, fragancias, artículos de perfumería, tocador,

de higiene y aseo personal así como cosmética en general, accesorios y artículos de venta en farmacias, artículos

y productos de limpieza, desinfección e higiene y en general todo tipo de productos propios del rubro; d) Insumos

Hospitalarios de todo tipo y clase, como ser accesorios descartables, materiales de curación hospitalarios,

instrumental quirúrgico y de otras especialidades, equipamientos hospitalarios, insumos y accesorios odontológicos,

productos ortopédicos, prótesis y todos aquellos bienes relacionados y/o vinculados directa o indirectamente al

área de la salud, dispositivos médicos, artículos de puericultura, higiene y salubridad; e) Óptica: todo tipo de

productos propios del rubro, tales como anteojos recetados o no, anteojos para sol, lentes de contacto, marcos

para anteojos, cristales de aumento, y todo otro tipo de producto relacionado al rubro; f) Indumentaria: en especial

aplicada a todo tipo de uso en el sector salud, entendido en la forma más amplia posible, incluyendo elementos de

protección, barbijos, guantes, guardapolvos, y general todo tipo de artículos relacionados directa o indirectamente

con ello, así como todo tipo de indumentaria o artículos textiles y línea blanca en general; g) comestibles para

consumo humano en general, productos dietéticos, naturales y afines; h) Logística: envíos a todo punto del país

y/o del exterior de cualquiera de los productos mencionados precedentemente o relacionados con el sector

droguería, farmacia, perfumería, cosmética y demás actividades reseñadas incluyendo envío a domicilio y ventas

a distancia, e-commerce o equivalentes. i) Inmobiliaria: Realización de negocios inmobiliarios, lo que llevará a cabo

efectuando las siguientes actividades: compra y venta de inmuebles en general, ya sean urbanos o rurales, renta,

fraccionamiento de tierras, loteos, mejoras, urbanizaciones, administraciones, permutas, hipotecas, arrendamientos,

locaciones, subdivisiones, usufructos, superficie, fideicomisos, todo ello en cualquiera de sus roles, la ejecución

de desarrollos inmobiliarios de cualquier índole, mediante las figuras admitidas por la legislación argentina, incluso

el fideicomiso, el leasing, el aporte de capital a sociedades por constituir o constituidas, y todas otras modalidades

existentes y que pudieran crearse, y la construcción y/o refacción de obras públicas o privadas de todo tipo,

inclusive por el régimen de la Propiedad Horizontal, todo lo cual también podrá efectuar sobre bienes muebles,

semovientes y cualquier otro tipo de bienes registrables. j) Financieras: Mediante inversiones y aportes de capitales

a particulares, empresas o sociedades constituidas o a constituirse para negocios presentes o futuros, compraventa

de títulos, acciones u otros valores mobiliarios nacionales o extranjeros, constitución o transformación de hipotecas

y otros derechos reales, otorgamiento de créditos en general, sean o no garantizados, y toda clase de operaciones

financieras y de inversiones permitidas por las leyes. La Sociedad podrá otorgar avales y obligarse solidariamente,

así como constituir garantías o fianzas en favor de terceros sea en forma gratuita u onerosa, bastando al efecto su

aprobación por reunión de directorio con las mayorías ordinarias previstas en el estatuto social. Quedan excluidas

las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras (Ley 21.526 y modificatorias) y toda aquella que

requieran el concurso de ahorro público. k) La Sociedad podrá realizar las actividades que hacen a su objeto social

ya sea mediante atención personal o vía comercio electrónico (e-commerce) y siempre pudiendo realizar respecto

de todos los rubros y actividades mencionadas en los puntos anteriores, todo tipo de contratos, actos jurídicos,

autorizaciones, incluso participando en licitaciones públicas o privadas o cualquier tipo de contratación sea en

beneficio de entidades o personas físicas o jurídicas privadas y/o en favor del Estado Nacional, Provincial, Municipal

o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todo tipo de organismos o entidades gubernamentales de cualquier

índole, personas jurídicas de derecho público o entidades con participación estatal de cualquier índole, empresas

de medicina prepaga, obras sociales privadas, sindicales, estatales o de cualquier naturaleza, etc. Las actividades

de su objeto social reservadas a profesionales con título habilitante según respectivas reglamentaciones, así como

toda actividad que esté limitada o reservada a sujetos o personas específicas o reguladas por cualquier normativa

será efectuadas por profesionales que integrando la sociedad y/o contratados por ella en cumplimiento de tales

disposiciones legales estén habilitados y/o cuenten con el título o matrícula correspondiente. A tales fines, la

Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejecutar todo acto,

contrato u operación que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato social y que se vinculen con su

objeto social. Plazo: 99 años a contar desde escritura de constitución. Capital: $ 30.000.000 suscripto íntegramente

en acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $ 1 de valor nominal c/u y 1 voto por acción, así: (i) Oscar

Luis NEGRO: 16.500.000 acciones; (ii) Sergio Pedro JACHADURIAN: 13.500.000 acciones. Todos integraron -en

sus respectivas proporciones- el 25% de las acciones, obligándose a integrar el saldo restante dentro del plazo

legal. Órgano de administración: Presidente: Oscar Luis NEGRO. Director Suplente: Matías Eugenio NEGRO,

quienes constituyen domicilio especial en el de la sede social. Representación: Presidente. Se prescinde de

Sindicatura. Fecha cierre de ejercicio: 31/12. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 57 de fecha 05/09/2024

Reg. Nº 2122

Horacio Alfredo Pinasco - Matrícula: 4642 C.E.C.B.A.

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