N° 72591/24 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL
Texto del aviso
JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL
NRO. 6 - MAR DEL PLATA
El Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Mar del Plata, a cargo de la Dra. Gabriela Judit De Sábato, Secretaria Única
a cargo del Dr. Agustín Palomba, sito en Almirante Brown 2241, Piso 6º, de la localidad de Mar del Plata, en
autos “ASOCIACION CIVIL DE USUARIOS BANCARIOS ARGENTINOS-C/BANCO PATAGONIA SA S/ MATERIA
A CATEGORIZAR” Expte. 118118, informa que con fecha 17/5/2022 la Asociación Civil de Usuarios Bancarios
Argentinos (ACUBA) con domicilio en 12 de Octubre 3223 4to B de la localidad de Mar del Plata, promovió demanda
colectiva contra Banco Patagonia S.A. con domicilio en Avenida de Mayo 701 de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, con el siguiente objeto: (i) se declare la ilegalidad de la financiación de aquellos saldos deudores de las
tarjetas de crédito Visa y Mastercard con vencimiento de pago originalmente previsto entre los días 20/3/2020
y 30/4/2020, así como de aquellos con vencimiento de pago originalmente previsto entre los días 1/9/2020 y
30/9/2020, por considerar que fueron efectuadas en violación con las pautas establecidas en las Comunicaciones
del BCRA; (ii) se declare la ilegalidad del cobro de los conceptos incluidos en los resúmenes de las tarjetas
MASTERCARD: “INT.IMP.ANT. A6964”, “INT.COM.CUOTIF.A6964”, “INT.IMP.ANT. 17095” e “INT.COM.CUOTIF.
A7095”; (iii) se declare la ilegalidad del cobro de intereses por el período comprendido entre la fecha de vencimiento
de cada resumen y la fecha de carga del mutuo; (iv) se ordene la readecuación de las referidas financiaciones que
se cuestionan y se disponga la devolución de las sumas percibidas indebidamente, así como todo concepto
cobrado en exceso de lo dispuesto en las Comunicaciones del BCRA, con más los intereses establecidos en las
Normas PUSF; (v) se condene al Banco por el incumplimiento en el deber de información; y (vi) se aplique el daño
punitivo previsto en el art. 52 de la LDC, para cada uno de los usuarios afectados. Se hace saber la existencia
de las presentes actuaciones a fin de que, los clientes o ex clientes de Banco Patagonia S.A, que se consideren
afectados, comparezcan a la causa a ejercer el derecho de exclusión previsto en el art. 54 L.D.C. dentro del plazo
de sesenta (60) días corridos a partir del último día de publicación de edictos en el Boletín Oficial de la República
Argentina. En caso de optar por ejercer el derecho deberán presentar una nota simple en el Tribunal, sin asistencia
letrada. Asimismo, se informa que su silencio será considerado como manifestación de voluntad de ser incluidos
en los efectos de la sentencia que se dicte. Por último, se invita a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios a
participar del procedimiento y denunciar ante el Juzgado la existencia de otro proceso de igual entidad al presente,
con el objeto de adoptar las medidas ordenatorias correspondientes.- Mar del Plata, 25 de septiembre de 2024.-
......se establece que la publicación de edictos .... debe realizarse .....en el Boletín Oficial de la República Argentina
....... por un plazo de tres días. (art. 34 inc. 5to. y 36 del CPCC) GABRIELA JUDIT DE SABATO, JUEZA EN LO CIVIL
Y COMERCIAL.JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº6
e. 16/10/2024 N° 72591/24 v. 18/10/2024