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N° 75628/24 Aviso del Boletín Oficial

EXPRESO SUR S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 25 de octubre de 2024

Texto del aviso

EXPRESO SUR S.R.L.

CUIT: 30- 71503623-8 Por Escritura 82 del 26/10/98 se amplió el objeto social, reformando la cláusula 4° así: venta

de pasajes y afines, compra venta de pasajes, reservas de hoteles, servicios de correspondencias en actividad

postal; Por Escritura 1 del 6/1/99 se aumentó el capital a 230.000.000 guaraníes y se reforma la cláusula 5°; Por

Escritura 93 del 13/12/06 se aumentó el capital a 480.000.000 guaraníes y se reforma la cláusula 5°; Por Escritura

1 del 20/3/06 Se adjudica a Miguel Manzur la suma de 48.000 cuotas sociales y adjudica la suma de 24.000 de las

cuotas sociales a favor de Javier David Manzur Ayala la suma de 12.000 cuotas y a Miguel María Manzur Ayala la

suma de 12.000 cuotas; y se reforman las cláusulas 5° y 6°; Por Escritura 4 del 10/3/23 Los socios Miguel Manzur,

Javier David Manzur y Miguel María Manzur Ayala Ceden 48.000 cuotas a Empresa de Transporte Nueva Asunción

Sociedad Anónima (NASA) la suma de 24.000 cuotas; y a Empresa Guaireña de Transporte y Turismo SRL la suma

de 24.000 cuotas; El capital social es de 480.000.000 Guaraníes divido en 48.000 cuotas de 10.000 Guaraníes

cada una; totalmente suscripto e integrado, Así Empresa de Transporte Nueva Asunción Sociedad Anónima

(NASA) la suma de 24.000 cuotas y a Empresa Guaireña de Transporte y Turismo SRL la suma de 24.000 cuotas;

se reforman los textos de las clausulas 5° y 6° en cuanto a que La dirección, administración y representación legal

de la sociedad será ejercida exclusivamente en forma conjunta por Reinerio Buzo Ortiz y Alfredo Rolando Kroll

Gamarra en sus caracteres de gerentes, requiriéndose la firma conjunta de ambos para obligar válidamente a la

sociedad y La duración del cargo de gerentes será por dos años, pudiendo ser reelectos.- Autorizado por Acta de

Socios del 22/03/2023

Gisela samanta Batallan Morales - T°: 109 F°: 876 C.P.A.C.F.

e. 25/10/2024 N° 75628/24 v. 25/10/2024