N° 15453/2019 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 49
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 49
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 25, a cargo del Dr. Horacio F. Robledo, Juez, Secretaría
Nº 49, a cargo de la Dra. Sonia A. Santiso, sito en la Avda. Callao 635, piso 4º, C.A.B.A, en los autos INDIETRO S.R.L.
s/QUIEBRA (Expediente N° 15453/2019) comunica por cinco días que el día 30 de septiembre 2024, se declaró la
quiebra de INDIETRO SRL, CUIT N° 30-71556633-4, con Av. Mosconi 2184 C.A.B.A., en el que resultó sorteado
el síndico Ctdor. LEONEL VICTOR NOVERA, con domicilio constituido en F. F. de la Cruz 6720 – Piso 1º Dto. A
de Capital Federal, T.E: 15-40665325 y 61032176. Los acreedores deberán enviar sus solicitudes de verificación
de créditos junto con los títulos justificativos de sus créditos al correo electrónico indietroquiebra@gmail.com. El
depósito correspondiente al pago del arancel art. 32 LCQ., deberá efectuarse al CBU 0720326688000036233386:
Fijar hasta el día 5 de febrero de 2025 a fin que los acreedores soliciten la verificación de sus créditos. La sindicatura
presentará los informes de los arts. 35 y 39 los días 21.03.2025 y 08.05.2025. La audiencia de explicaciones se fija
para el día 02.05.2025 a las 11:00 horas. Se intima al deudor y a sus administradores para que cumplimenten los
siguientes recaudos: a) entregar al síndico los libros, papeles y bienes que tuviere en su poder, en el término de
24 horas; b) se abstengan los administradores de salir del país sin autorización previa del Juzgado (L.C.:103). Se
prohíbe los pagos y/o entrega de bienes al/la fallida/o so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes
tengan bienes y/o documentos del/la fallida/o en su poder, para que los pongan a disposición del síndico en
el término de cinco días. Publíquese por 5 días en el Boletín Oficial. C.A.B.A. de octubre de 2024 HORACIO F.
ROBLEDO Juez - SONIA A.SANTISO SECRETARIA
e. 25/10/2024 N° 75729/24 v. 31/10/2024