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N° 75695/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 16

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 25 de octubre de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 16

El Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Comercial Nº8, a cargo del Dr. Javier J Cosentino, Secretaría

Nº 16, a cargo del Dr. Martín Cortés Funes, sito en la calle Libertad 533 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, comunica por cinco días que en los autos caratulados “LODENA S.R.L. s/QUIEBRA” (COM 014465/2014)

que la martillera Silvia Montenegro, rematará el día 4 de diciembre de 2024 a las 10.00 hs (EN PUNTO) en el

salón de ventas sito en la calle Jean Jaures 545 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 100% del inmueble

propiedad de la fallida LODENA S.R.L sito en la Avda Hipolito Yrigoyen, entre Rubinstein y Florencio Sanchez del

partido de Almirante Brown, Provincia de Buenos Aires, NC: circunscripción 5, Sección J, Manzana 503, parcela

2b, Partido 003, Partida 74349. Superficie: 260,15 mts2 (según constancia de fs. 5297/5301).Base: U$S 33.333.

Condiciones de venta: Al contado, mejor postor y en dinero en efectivo en el acto de remate. Seña 30%. Comisión

3% mas IVA. Acord. 10/99 CSJN (arancel de subasta) 0,25%. La venta se realizará Ad-Corpus. Se hace saber

que para el caso de querer abonar el precio en moneda local, deberá tenerse en cuenta la cotización del tipo de

cambio correspondiente al dólar MEP, también conocido como “dólar bolsa”, tipo vendedor, al día de efectuarse

la subasta. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de la aprobación de subasta, sin

necesidad de otra notificación ni intimación, bajo el apercibimiento previsto por el cpr: 580. Dichos fondos serán

depositados en una cuenta a nombre de este Juzgado y Secretaría y como perteneciente a estos autos, en el

Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales. La comisión de la martillera -y en caso de corresponder

el IVA sobre la comisión- será a cargo del comprador o de los compradores. El comprador o los compradores

deberán abonar además la totalidad de los impuestos propios de la venta del inmueble -si estos existieran- así

como los gastos de escrituración. Dichos fondos serán depositados en una cuenta a nombre de este Juzgado y

secretaría, y como perteneciente a estos autos, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales,

y dentro del término de tres días de realizado el remate (Cpr. 564). El comprador debe tomar la posesión dentro

del quinto día de pagado el saldo, siendo a su cargo a partir de ese momento todas las deudas por impuestas,

tasas y contribuciones. A los fines de efectuar la transferencia de dominio del inmueble a subastar podrá optar

por la vía prevista q regula el art. 587 del CPCC y que posibilita alcanzar ese mismo efecto mediante la escritura

de protocolización de actuaciones, que no es configurativa de una escritura traslativa de dominio, sino de un

instrumento que reúne constancias fundamentales del proceso en el que se llevó a cabo la subasta (Disposición

Técnico Registral no10/73, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal; Palacio “Derecho Procesal

Civil “ T.VII, 656.). Los impuestos que correspondan tributar por la operatoria de inscripción registral, son a cargo

del comprador. El comprador deberá constituir domicilio dentro del lugar de asiento del Juzgado y denunciar de

corresponder, dentro del tercer día de efectuado el remate, el nombre de su comitente, en escrito firmado por

ambos y dentro del quinto día de aprobada la subasta, deberá depositar judicialmente en el Banco de la Ciudad

de Buenos Aires, el importe del precio que corresponda abonar al contado, bajo apercibimiento de ley (cpr. 580).

Si por cualquier causa no depositare en autos el saldo de precio en el plazo indicado, aunque la mora no le

fuere imputable, se aplicarán los intereses legales conforme operaciones de descuento a treinta días, tasa activa

hasta su efectivo pago (Plenario C.N.COM.: 27/10/94, Sociedad Anónima La Razón s/quiebra s/inc. de pago de

los profesionales -art. 288-) “ en forma no acumulativa (Plenario C.N .COM.: 25/08/2003, “Calle Guevara /fiscal

de Cámara/s /revisión de plenario Uzal). En referencia a las deudas que registre el bien inmueble, las mismas se

dividirán en tres períodos: a) las anteriores a la quiebra estarán sujetas a verificación, debiendo los organismos

pertinentes ocurrir por la vía y forma que corresponda (art. 200 y 223, LC) b) desde el decreto de quiebra y hasta la

toma de posesión, éstas estarán a cargo del concurso (art. 240, LC) y c) a partir de la toma de posesión, quedarán a

cargo del comprador del inmueble (CCCN :1924). Para mayor información se podrá compulsar el expediente digital

donde se hallan agregados los certificados de dominio de los inmuebles del fallido. Para concurrir a los remates

el público podrá comunicarse con la martillera al 1541715967 o deberá inscribirse a través de la web del Alto

Tribunal (www.csjn.gov.ar) ingresando al link Oficina de Subastas. Tramites: turnos registro y deberá presentarse

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.533 - Segunda Sección 77 Viernes 25 de octubre de 2024

el día y hora asignado en Jean Jaures 545 Pb, Caba, con el formulario que indica el sitio aludido. Exhibición: 29 de

noviembre y 2 de diciembre de 2024 de 10 a 12 hs.

JAVIER J COSENTINO Juez - MARTIN CORTES FUNES SECRETARIO

e. 25/10/2024 N° 75695/24 v. 31/10/2024