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N° 76043/24 Aviso del Boletín Oficial

GRUPO PEYRANO FIDUCIARIA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 28 de octubre de 2024

Texto del aviso

GRUPO PEYRANO FIDUCIARIA S.R.L.

CUIT 30-71129751-7 - Por escritura 118 del 17/05/2024, se resolvió: 1) Modificar: “Artículo 3: La sociedad tiene

por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros, o asociadas a terceros en el país o en el extranjero, las

siguientes actividades: A) FIDEICOMISOS: Actuar como fiduciaria en fideicomisos constituidos de conformidad

con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y la legislación concordante. Para su actuación

como sociedad fiduciaria, conforme con las normas legales y reglamentarias vigentes y para cumplir con el objeto

mencionado, la misma podrá efectuar toda clase de actos y contratos y emprender todo tipo de negocios y

actos jurídicos de cualquier naturaleza, incluyendo el asesoramiento a personas físicas o jurídicas y cuantas más

facultades fueren necesarias. Adquirir el dominio de fiduciario de todo tipo de inmuebles, percibir los aportes de

los fiduciantes y el producido de la venta de las propiedades inmuebles a los adquirentes, realizar los pagos que se

requieran para la realización de las obras y proyectos objeto de cada uno de los fideicomisos que se administren,

transferir a los adquirentes y/o a los beneficiarios y/o sus cesionarios las propiedades inmuebles que le corresponden

según los instrumentos que oportunamente se otorguen.- Asimismo la sociedad podrá celebrar toda clase de

convenios, compra y venta de derechos y realizar todos los actos y contratos que directa o indirectamente se

relacionen con el objeto social. Se excluyen expresamente las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades

Financieras y B) ACTIVIDADES AGROPECUARIAS: Realizar la prestación de servicios y/o explotación directa por

sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad

o de terceras personas, cría, venta y cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos,

compra, venta y acopio de cereales, incorporación y recuperación de tierras áridas, fabricación, renovación y

reconstrucción de maquinaria y equipo agrícola para la preparación del suelo, la siembra, recolección de cosechas,

preparación de cosechas para el mercado, elaboración de productos lácteos o de ganadería, o la ejecución de

otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos así como la compra, venta, distribución, importación y

exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera. Transporte automotor

de haciendas y/o productos alimenticios. Fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos

de la ganadería, de la alimentación, forestales, madereros, como toda clase de servicios en plantas industriales

propias de terceros en el país o en el extranjero, referido a dichas actividades. Faena y comercialización de

animales y de productos y subproductos derivados: industriales, faena de semovientes, incluyendo el trozado y

elaboración de carnes, subproductos y sus derivados. Compraventa, importación y exportación, consignación

o permuta de semovientes, animales, productos cárneos, subproductos y sus derivados. Comercialización de

productos agrícolas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas y agroquímicos, compra, venta, consignación, acopio,

distribución, exportación e importación de cereales, oleaginosas, forrajes, pasturas, alimentos balanceados,

semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos y todo tipo de productos que se relaciones con

esta actividad. También podrá actuar como corredor, comisionista o mandataria de los productos mencionados

precedentemente de acuerdo con las normas que dicte la autoridad competente. Administración, gerenciamiento

y dirección técnica y profesional de los establecimientos rurales agrícolas o ganaderos de todo tipo. 2) Articulo

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.534 - Segunda Sección 23 Lunes 28 de octubre de 2024

Séptimo: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes en

forma Indistinta, socios o no, por el término de duración de la sociedad. Los gerentes tendrán todas las facultades

que sean necesarias para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad,

inclusive los previstos en el artículo 375 del Código Civil y Comercial. Del mismo modo podrá nombrarse un

Gerente suplente para el caso de vacancia y/o impedimento físico o legal del titular”.- 3) Continuidad en el cargo

de gerente: Francisco Javier BALESTRINI. 4) Renuncia al cargo de gerente: Juan Ignacio SANTARELLI, la cual se

acepta. 5) Designación de gerente suplente: Juliana LUCCHETTI, quien acepta el cargo y constituye domicilio

especial en la sede social sito en Calle 25 de Mayo 555, Piso 2º de CABA. Autorizado según instrumento público

Esc. Nº 118 de fecha 17/05/2024 Reg. Nº 193

Daniela Pelizza - Matrícula: 4451 C.E.C.B.A.

e. 28/10/2024 N° 76043/24 v. 28/10/2024