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N° 7/2015 Aviso del Boletín Oficial

ESTUDIO CORRIENTES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 4 de noviembre de 2024

Texto del aviso

ESTUDIO CORRIENTES S.A.

CUIT 33-71018882-9. Se hace saber que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 31/05/2024 se resolvió

designar como director titular y presidente al Sr. Álvaro Miguel Catalá y como director suplente al Sr. Nicolás

Parrondo, quienes aceptaron los cargos conferidos y constituyeron domicilio especial en Ortiz de Ocampo 3302

módulo 4, piso 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A su vez, por Asamblea General Extraordinaria de

fecha 30/05/2024, se resolvió modificar los artículos Tercero y Noveno del Estatuto Social, los cuales quedaron

redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO.- OBJETO: La sociedad tiene por objeto dedicarse

por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades:

realizar inversiones, participar en sociedades inversoras, participar o constituir fideicomisos financieros, realizar

inversiones en valores negociables y operaciones de mercado de capitales, negocios inmobiliarios, mandatos,

representaciones, prestación de servicios profesionales, prestación de servicios de cobranza y gestión de

recuperación crediticia. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer

obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Se excluyen expresamente

todas aquellas actividades previstas en la ley de entidades financieras.” y “ARTÍCULO NOVENO. DIRECCIÓN:

La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio, integrado por un mínimo de 1 a

un máximo de 7 miembros titulares, y la Asamblea designará suplentes en un número no mayor que el de los

titulares ni menor que un tercio de aquellos, a fin de llenar las vacantes que se produjeran, los que se incorporarán

al Directorio por el orden de su designación. Mientras la sociedad prescinda de la Sindicatura, la elección por

Asamblea de directores suplentes será obligatoria. El término de su elección es de tres (3) ejercicios, pudiendo

ser reelegidos. La Asamblea fijará el número de Directores, así como su remuneración. El Directorio sesionará con

la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros titulares y resuelve por mayoría de los presentes. En caso

de empate, el Presidente desempatará, votando nuevamente. En su primera reunión, designará un Presidente y

si hubiere más de un Director Titular, podrá designar un Vicepresidente, quien reemplazará al Presidente en caso

de ausencia o impedimento. Para el caso de que el Directorio esté compuesto por un Director Titular y un Director

Suplente, éste último reemplazará al Titular en caso de ausencia o impedimento, a cuyo efecto deberá labrarse el

correspondiente Acta y convocará a una Asamblea dentro de los 60 (Sesenta) días, si la ausencia o impedimento

se extendiera por más de dicho lapso, a fin de designar un nuevo Directorio. La garantía de los Directores a que

se refiere el artículo 256, párrafo segundo de la Ley General de Sociedades N° 19.550, se ajusta a lo establecido

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.539 - Segunda Sección 5 Lunes 4 de noviembre de 2024

en el art. 76 de la Resolución General IGJ N° 7/2015 y cualquier otra complementaria y/o modificatoria respecto

de la garantía de los directores. La garantía les será reintegrada una vez aprobada su gestión y dentro de un plazo

no inferior a los tres (3) años contados desde el cese en sus funciones. El Directorio tiene amplias facultades para

administrar y disponer de los bienes, incluso aquéllas para las cuales la Ley requiere facultades expresas conforme

el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y del Artículo 9 del decreto Ley 5965/63; y especialmente

operar con toda clase de entidades financieras o crediticias oficiales y privadas, dar y revocar poderes especiales

y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultades de sustituir, iniciar, proseguir, contestar

a desistir denuncias o querellas penales, y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos

o contraer obligaciones a la sociedad. La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente del

Directorio”.- Carolina Canziani Aguilar- Abogada-

Autorizado según instrumentos privados Acta de asamblea de fecha 30/05/2024 y Acta de asamblea de fecha

31/05/2024.

Carolina Canziani Aguilar - T°: 78 F°: 680 C.P.A.C.F.

e. 04/11/2024 N° 78121/24 v. 04/11/2024