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N° 30231/2015 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24 - SECRETARÍA NRO. 48

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES lunes, 4 de noviembre de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24 - SECRETARÍA NRO. 48

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 24, a cargo del Dr. Guillermo Mario Pesaresi, Secretaría

N° 48, a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, PB, CABA, comunica por dos días en los autos: “PALMEIRO,

GUILLERMO CESAR C/POSTA PILAR S.A. S/ORDINARIO” (Expte. Nº30231/2015), que el martillero Sergio Fabián

Nuñez, DNI 25.669.212, CUIT 20- 25669212-1, rematará el día 5 de diciembre de 2024 a las 12:15hs -en punto- en

la Oficina de Subastas Judiciales ubicada en la calle Jean Jaures N° 545, CABA, 27 acciones Clase A nominativas

no endosables, con derecho a cinco votos por acción, y 54 acciones Clase B nominativas no endosables, con

derecho a un voto por acción, de la sociedad Lyon Gas SA (CUIT 30- 64404424-2), de propiedad del Sr. Guillermo

Cesar Palmeiro (DNI 11.045.484). Informe del martillero a fs. 394/5. Balances comerciales de la sociedad emisora

de las acciones embargadas, agregados a fs. 380, 381, 382, 383 y 391. Informe de la IGJ agregado con fecha

13/08/2024. BASE: $ 942.500 (pesos novecientos cuarenta y dos mil quinientos). Venta al contado, al mejor postor y

en dinero en efectivo. Seña 30%. Comisión: 10%. Arancel (Acordada 24/00 CSJN) 0,25%. No se admitirá la compra

en comisión ni la cesión de los derechos emergentes del boleto de compraventa y el otorgamiento de poderes

especiales irrevocables a favor de terceros para la posesión, escrituración, cesión, adquisición y/o venta de las

acciones. El saldo de precio deberá ingresarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires -Sucursal Tribunales-

en la cuenta L° 866 F° 123 Dv8 (CBU 0290075900253086601234) dentro del plazo de cinco días de aprobado el

remate sin necesidad de notificación ni requerimiento previo al adquirente y bajo apercibimiento de declararlo

postor remiso (cfr. art. 584 del Código Procesal). La adjudicación deberá recaer en la persona que efectivamente

realice la mejor oferta. Para el caso que quien realice la última oferta lo haga en representación de un tercero

deberá acreditar tal calidad con poder especial (cfr. art. 1881 inc. 7° del Código Civil) y exhibir el respectivo

instrumento en ese mismo momento bajo apercibimiento de continuar con el acto de subasta y en su caso hacerlo

responsable de los eventuales perjuicios que pudiera haber ocasionado su accionar. La inscripción se cumplirá

dentro de los treinta días siguientes de acreditada la efectivización del saldo de precio. Ejecutado: Guillermo Cesar

Palmeiro, DNI 11.045.484, CUIT 20-11045484-9. Para mayor información, consultar al teléfono 1141950442 y/o por

mail a maxiquinteros@estudioquinteros.com.ar, y/o por internet en www.estudioquinteros.com.ar. Buenos Aires,

29 de octubre de 2024. PAULA MARINO SECRETARIA

e. 04/11/2024 N° 77227/24 v. 05/11/2024