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N° 79312/24 Aviso del Boletín Oficial

SJ/CAPITAL CONSULTORIA DE NEGOCIOS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 6 de noviembre de 2024

Texto del aviso

SJ/CAPITAL CONSULTORIA DE NEGOCIOS S.A.

CUIT 33717721999. Por acta de asamblea general extraordinaria del 4/11/24 se resolvió modificar artículo tercero

del estatuto social, el que queda redactado así: ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse

dentro del territorio de la República Argentina o en el extranjero, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o

asociada a terceros a las siguientes actividades: ejecución, dirección y administración de proyectos y obras

civiles, sanitarias y eléctricas sean públicas o privadas y proyectos de desarrollos inmobiliarios sin limitación

alguna y promoción, construcción, rehabilitación, venta, conservación y explotación, incluido el arrendamiento

no financiero de todo tipo de fincas y edificaciones, tales como urbanizaciones, establecimientos y complejos

industriales y/o comercia-les, de transporte, entre otros. Prestación de servicios por cuenta propia, asociada a

terceros, de asesoramiento y consultoría, a personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras. Los servicios de

asesoramiento o de consultoría podrán desarrollarse en cualquier sector del comercio nacional o internacional y

enunciativamente, podrán adoptar todas y cualquiera de las siguientes modalidades: estudio e implementación

de sistemas, relevamientos de datos, análisis e interpretación de datos, estudio y asesoría en la implementación

de sistemas operativos generales, recursos, tercerización, capacitación en las distintas ramas relacionadas con

el objeto social, representación de empresas a través de mandato y/o contratos de distribución o franquicias,

en cualquier sector del comercio nacional o internacional, compra, venta, distribución y/o licencia en general

de los productos o derechos de las empresas representadas, organización y realización de eventos a través

de la prestación, por sí o por terceros, de servicios interdisciplinarios para lo cual la sociedad estará facultada,

entre otros a comercializar y desarrollar emprendimientos comerciales, contratación y equipa-miento. Cuando

los trabajos y/o servicios en razón de la materia o como consecuencia de disposiciones legales vigentes deban

ser hechos por profesionales con título habilitante, serán realizados por responsables inscriptos en las matrículas

respectivas. Quedan excluidas del objeto social todas aquellas actividades contempladas en la Ley Nacional

N° 20.488. A tal fin, la sociedad tiene capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las

limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 51 de

fecha 05/11/2024 Reg. Nº 487

micaela luciani - Matrícula: 5518 C.E.C.B.A.

e. 06/11/2024 N° 79312/24 v. 06/11/2024