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N° 80428/24 Aviso del Boletín Oficial

ROGGIO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 11 de noviembre de 2024

Texto del aviso

ROGGIO S.A.

(CUIT 33-67822388-9) - Que por Asamblea Extraordinaria autoconvocada del 04/11/2024 se reformaron los arts. 3º

y 12º del Estatutos Sociales: Objeto ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia,

de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del territorio de la República Argentina, las inversiones necesarias

y los aportes de capital requeridos o convenientes a sociedades por acciones constituidas o a constituirse,

la compraventa y administración de títulos, acciones, debentures y demás valores mobiliarios, sean públicos

o privados, otorgar avales, garantías y fianzas y la realización de cualquier tipo de operaciones de inversión y

financieras, quedando exceptuadas las que estén alcanzadas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra

que requiera el concurso del ahorro público, no obstante lo expuesto, la Sociedad podrá tomar participación en

sociedades o empresas que efectúen las operaciones previstas en el ley mencionada. En el desarrollo de esta

actividad la sociedad podrá: aceptar o recibir dinero u otros valores, préstamos a plazo determinado o reembolsables

en determinada forma y/o condiciones, con o sin garantías, de acuerdo a las exigencias legales o reglamentarias

aplicables; conceder préstamos y financiaciones con garantía hipotecaria, prendaria o de otro derecho real, como

así también con garantía personal o sin garantía, otorgar avales, hacer descuentos de documentos, descontar

y/o redescontar, endosar, avalar y aceptar letras de cambio, giros, cheques, warrants, conocimientos; conceder,

constituir, ceder, descontar o transferir hipotecas, prendas y todo derecho real, sin limitación y operar en bolsas y

mercados de valores del país o el extranjero. Asimismo, la Sociedad podrá otorgar avales, fianzas y cualquier otro

tipo de garantías a favor de terceros, incluyendo, sin limitación, la cesión fiduciaria de activos de su propiedad.

Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad goza de plena capacidad para adquirir derechos y contraer

obligaciones, pudiendo realizar toda clase de actos jurídicos y operaciones que se relacionen con aquél.”.- El art.

12: establece la forma y monto de la garantía de los Directores adecuÁndola a las normas vigentes

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 1146 de fecha 07/11/2024 Reg. Nº 231

Raul Mariano Vega Olmos - Matrícula: 2760 C.E.C.B.A.

e. 11/11/2024 N° 80428/24 v. 11/11/2024