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N° 81157/24 Aviso del Boletín Oficial

ROBLES CONSULTORES S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 13 de noviembre de 2024

Texto del aviso

ROBLES CONSULTORES S.R.L.

CUIT 30-71688899-8. Mediante reunión de socios del 07/11/2024 se resolvió por unanimidad modificar el artículo

tercero (objeto social) del contrato constitutivo, reemplazando su redacción actual por la siguiente: “ARTÍCULO

TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o asociada a terceros a las siguientes

actividades: Asesoramiento: Asesoramiento en materia de inversiones de terceros en el ámbito del mercado de

capitales actuando en carácter de agente productor (AP) en los términos del artículo 2° de la ley 26.831, difusión

y promoción de valores negociables autorizados a la oferta pública en la República Argentina con sujeción a las

disposiciones, términos y alcances previstos al efecto en los Capítulos V y VII del Título VII de las Normas de la

Comisión Nacional de Valores (CNV) y la captación y referenciación de clientes para los agentes registrados de

negociación (AN), de liquidación y compensación (ALyC) y asesor global de inversión (AAGI) según corresponda,

suscribiendo al efecto los convenios de vinculación pertinentes. Representaciones, Mandatos y Administración

de Bienes: Ejercicio de representaciones, mandatos, agencias, consignaciones, promoción de inversiones

inmobiliarias y financieras. administración de bienes de particulares y de sociedades, ya sean comerciales o

civiles, pudiendo arrendar y explotar por cuenta propia o de terceros toda clase de bienes muebles o inmuebles,

urbanos y rurales, semovientes y realizar todas las operaciones comerciales necesarias o convenientes para el

cumplimiento de los objetos indicados. Queda expresamente excluida la gestión de órdenes y la administración

de carteras de valores negociables de clientes y demás inversiones en los términos y alcances contemplados en

el Título VII de las Normas CNV. Comercial: Compraventa, comisión, cesión, consignación, y/o comercialización

de bienes muebles, mercaderías, rodados, máquinas, patentes de invención, marcas nacionales y/o extranjeras y

diseños y modelos industriales. Constitución y participación en sociedades nacionales o extranjeras. Inmobiliaria:

Compraventa, permuta, y locación de propiedades inmuebles incluyendo aquellas comprendidas bajo el régimen

de Propiedad Horizontal, fraccionamiento y loteo de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo,

explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, pudiendo tomar para la venta o comercialización

operaciones inmobiliarias de terceros. Para su cumplimiento la sociedad gozará de plena capacidad jurídica para

adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todos los actos que no estén prohibidos por las leyes y el

presente estatuto.” Autorizado según instrumento privado acta reunión de socios de fecha 07/11/2024

Diego Piñeiro Sorondo - T°: 45 F°: 852 C.P.A.C.F.

e. 13/11/2024 N° 81157/24 v. 13/11/2024