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N° 82373/24 Aviso del Boletín Oficial

LARCAP S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 19 de noviembre de 2024

Texto del aviso

LARCAP S.A.

1) Tomás Francisco Larcher DNI 39.429.233 argentino 11/01/96 empresario soltero Club de Campo Abril, Los Buhos 28,

Guillermo E. Hudson Prov. de Bs. As y Alejo Agustín Larcher DNI 41.564.183 argentino 08/12/98 soltero empresario Club

de Campo Abril, Los Buhos 28, Guillermo E. Hudson Prov. de Bs. As. Tomás Francisco Larcher suscribe 15.000.000

de acciones y Alejo Agustín Larcher suscribe 15.000.000 de acciones Todas nominativas no endosables de $ 1 de

Valor Nominal y de 1 Voto por acción. 2) 13/11/24 4) Lavalle 1605 Piso 2 Oficina 5 CABA 5) (A) COMERCIALES: I- De

Agente de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo

que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de

Negociación de los Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operaciones

en la negociación secundaria, tanto para la cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas

dispuestas a estos efectos, por la Comisión Nacional de Valores. II- De Agentes de Liquidación y Compensación y

Agentes de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013),

por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en

la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera

propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o Cámaras Compensadoras de las

obligaciones propias y de sus clientes. III- De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral,

de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las

actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones

(colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, como así también prestar

el mencionado servicio de liquidación y compensación de operaciones a otros Agentes de Negociación registrados

ante la Comisión Nacional de Valores, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras

Compensadoras de las obligaciones propias, de sus clientes y de las obligaciones de los Agentes de Negociación

con los que haya firmado un Convenio de Liquidación y Compensación. IV- De Agente Productor, de conformidad a lo

dispuesto por la Ley N° 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que podrá realizar actividades de asesoramiento

en el ámbito del mercado de capitales, y de difusión y promoción de valores negociables autorizados la oferta pública en

la República Argentina así como toda otra actividad permitida y prevista por la normativa aplicable bajo dicha categoría.

A fin de llevar a cabo las actividades antes mencionadas, se requerirá estar registrado en la correspondiente categoría

ante la Comisión Nacional de Valores. Asimismo, la sociedad podrá solicitar el registro ante el mencionado Organismo

de Contralor de cualquier otra actividad que sea compatible conforme las normas reglamentarias. Cualquiera sea la

categoría en que se registre ante la Comisión Nacional de Valores, se encuentre facultada a realizar, en cualquier Mercado

del país, cualquier clase de operaciones sobre valores negociables públicos o privados, permitidas por las disposiciones

legales y reglamentarias vigentes a las categorías de Agentes mencionadas “ut-supra”, podrá operar en los mercados

en los cuales se celebre contratos al contado o a término, de futuros y opciones sobre los valores negociables; la

prefinanciación y distribución primaria de valores en cualquiera de sus modalidades, y cuáles se celebre contratos al

contado o a término, de futuros y opciones sobre los valores negociables; la prefinanciación y distribución primaria de

valores en cualquiera de sus modalidades, y en general, intervenir en aquellas transacciones del Mercado de Capitales

que puedan llevar a cabo las categorías de Agentes antes descriptas, en un todo de acuerdo con las disposiciones

legales y reglamentarias en vigor. (B) MANDATARIAS: administración por cuenta de terceros de negocios financieros,

y en especial, los relacionados con títulos de crédito, títulos valores públicos o privados, representaciones, cobranzas,

mandatos, comisiones, consignaciones y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia haya

sido reservado a profesionales con título habilitante: la actuación como Agente de suscripciones o servicios de renta

y amortización; administración de carteras de valores, fideicomisos financieros como Agente Fiduciario, Fideicomisos

no financieros u ordinarios y cualquier actividad financiera adecuada a la normativa vigente en la materia; como Agente

colocador de cuotas-partes de Fondos Comunes de Inversión, conforme a las normas de la Comisión Nacional de

Valores y los Mercados del país. (c) FINANCIERAS: operaciones que tengan por objeto títulos de crédito o títulos

valores públicos o privados, asesoramiento financiero y toda operación permitida por la ley vigente. No podrá realizar

las actividades reguladas por la ley de Entidades Financieras y otras que requieran el concurso público 6) 99 Años 7)

$ 30000000 8) Dirección y administración 1 a 5 directores por 3 años. Sin Síndicos 9) El Presidente. Presidente Tomás

Francisco Larcher Suplente Alejo Agustín Larcher, todos con domicilio especial en la sede social 10) 31/12 Autorizado

según instrumento público Esc. Nº 109 de fecha 13/11/2024 Reg. Nº 599

Virginia CODO - T°: 72 F°: 196 C.P.A.C.F.

e. 19/11/2024 N° 82373/24 v. 19/11/2024