N° 9671/2021 Aviso del Boletín Oficial
LA LIBERTAD AVANZA
Texto del aviso
LA LIBERTAD AVANZA
El Juzgado Federal de Paraná, con competencia Electoral en el Distrito Entre Ríos a cargo del Dr. Leandro Damián
Ríos, en cumplimiento de lo establecido en el Título VII capítulo II art. 63 de la Ley Nº 23.298, hace saber que
en las actuaciones caratuladas “LA LIBERTAD AVANZA s/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO “
Expte. Nº 9671/2021 que se tramita en esta Secretaría Electoral, ha dictado resolución que en su parte pertinente
expresa: “PARANÁ, 6 de agosto 2024. Y VISTO: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1 º) No hacer
lugar a los planteas impugnatorios y nulidades presentados por los Sres. lvascov, Etchevehere y Spiazzi. 2º)
Otorgar personería provisoria (art. 7 de la Ley 23.298) en el distrito Entre Ríos al partido “LA LIBERTAD AVANZA”,
aprobándose dicho nombre y otorgándosele el derecho exclusivo de su uso, teniéndose presente el emblema
presentado. 3º) Tener por domicilio partidario el de calle Mendoza Nº 329 de la ciudad de Paraná y por apoderados
partidarios a los Sres. Hernán Alberto Viola, Roque Orlando Fleitas y Andrés Jorge Romero. 4º) Tener presente la
Declaración de Principios, Bases de Acción Política y Carta Orgánica partidaria. 5º) A los efectos dispuestos en el
primer y segundo párrafo del considerando V) de la presente, cumpliméntese con lo establecido por el art. 7° bis
incs. a), b) y c) de la Ley Nº 23.298 y 21, primero y segundo párrafo, de la Ley 26.215 en función de lo establecido
por el art. 50 incs. d) y e) de la ley 23.298 y 21, tercer párrafo de la Ley 26.215, debiendo los Sres. apoderados,
previo a todo otro trámite, presentar un Acta suscripta por los miembros de la Junta Promotora en la cual conste
la designación de las personas que procederán a certificar las afiliaciones, así como aquellos que procederán a
su aceptación, todo ello de conformidad con el art. 5 del Decreto 937/2010 PEN y art. 25 de la Ley 23.298; quienes
deberán concurrir a esta Secretaría a fin de registrar su firma labrándose el acta correspondiente. 6º) Publíquese la
presente resolución y la Carta Orgánica, del partido “LA LIBERTAD AVANZA” por un día en el Boletín Oficial de la
República Argentina. 7°) Notifíquese, regístrese, comuníquese a la Excma. Cámara Nacional Electoral y continúen
las actuaciones según su estado. FDO: Dr. Leandro Damián Ríos - Juez Federal”. Secretaría Electoral Nacional
Distrito Entre Ríos. Paraná, 7 de agosto de 2024.
LEANDRO DAMIAN RIOS JUEZ FEDERAL
e. 21/11/2024 N° 83066/24 v. 21/11/2024