N° 83618/24 Aviso del Boletín Oficial
EDUCAPLUS S.R.L.
Texto del aviso
EDUCAPLUS S.R.L.
1) Eduardo Guillermo FORSTER, argentino, 20/9/1954, DNI 11.371.790, CUIT 20-11371790-5, casado en primeras
nupcias con Beatriz Isabel Herschel y Natalia Soledad FORSTER, argentina, 25/6/1982, DNI 29.592.184, CUIT
27-29592184-1, soltera, ambos comerciantes y domiciliados en Agüero 1916 Caba 2) 11/11/2024,3) Agüero 1916
CABA, 4) dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, a: A) Administración, explotación
y funcionamiento de establecimientos de jardín maternal, de infantes y niveles inicial, secundario y terciario,
en la Ciudad de Buenos Aires y/o en la Provincia de Buenos Aires; debidamente autorizado por el organismo
competente en la materia; B) Educación integral y promoción de la cultura, pudiendo al efecto, fundar,
adquirir, administrar escuelas a nivel primario, secundario o terciario, Universidades o cualquier otro tipo de
establecimientos educacionales o formativos, como así también bibliotecas y laboratorios de investigaciones.Para
todos los supuestos los programas de estudio se ajustarán a los planes de enseñanza oficial.C) Propender a la
formación humanística científica, artística, física, vocacional, en orden principalmente a las profesiones liberales,
investigaciones científicas e idioma y de capacitación.D) Desarrollar actividades deportivas y/o recreativas, por
parte de niños y adolescentes, asociada al logro de un crecimiento sano e integro, teatro, capacitación, fiestas
y taller para niños, colonias de vacaciones, eventos deportivos.Cómo así también la atención y administración
de comedores infantiles, 5) 99 años, 6) $ 1.500.000 compuesto de 1000 cuotas valor nominal PESOS 1.500 cada
una suscripto en partes iguales. 7 y 8) Gerentes: Eduardo Guillermo FORSTER y Natalia Soledad FORSTER con
domicilio especial en Agüero 1916 CABA, 9) 30/6 de cada año
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 47 de fecha 11/11/2024 Reg. Nº 1395
Sandra Noemi Axpe - Matrícula: 3904 C.E.C.B.A.
e. 22/11/2024 N° 83618/24 v. 22/11/2024