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N° 84141/24 Aviso del Boletín Oficial

SEIS CINCO OCHO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 26 de noviembre de 2024

Texto del aviso

SEIS CINCO OCHO S.A.

CUIT 30-71800250-4. Acta Asamblea 4/11/24 se resolvió la modificación del art. 3° del Estatuto Social. El art. 3°

quedó redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto: A) Consultoría:

Prestación de servicios por cuenta propia, asociada a terceros o mediante la adscripción prepaga a la sociedad

de Asesoramiento integral y consultoría empresarial, estudio e instrumentación de sistemas internos de control

de gestión y/o control de calidad, estudio e implementación de sistemas informáticos, relevamiento de datos,

análisis e interpretación de datos, realización de estudios de mercado, estudio y asesoría en la implementación

de sistemas operativos generales, informático, recursos humanos, tercerización de personal, asesoramiento de

todo tipo, proyectos de inversión internacional, nacional, municipal, provincial, regional y sectorial, capacitación

en las distintas ramas relacionadas con el objeto social. Se hace constar que se excluye el asesoramiento relativo

a las incumbencias de las leyes N° 20.488 y N° 23.187. B) Mercado de Capitales: Actuar bajo cualquier categoría

de “Agente” aplicable en los términos de la Ley de Mercado de Capitales Nº 26.831, sus modificaciones y su

reglamentación para realizar todas las operaciones contempladas en las disposiciones legales que regulan la

actividad, dentro de los lineamientos y previa autorización de la Comisión Nacional de Valores. C) Mandatarias:

Administración por cuenta de terceros de negocios financieros y en especial, los relacionados con títulos de

crédito, títulos valores públicos o privados, representaciones, cobranzas, mandatos, comisiones, consignaciones

y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia haya sido reservado a profesionales con

título habilitante; la actuación como Agente de suscripciones o servicios de renta y amortización; administración

de carteras de valores, fideicomisos financieros como Agente Fiduciario, Fideicomisos no financieros u ordinarios

y cualquier actividad financiera adecuada a la normativa vigente en la materia; como agente colocador de cuotas-

partes de Fondos Comunes de Inversión, conforme a las normas de la Comisión Nacional de Valores y los

Mercados del país. D) Financieras: Operaciones que tengan por objeto títulos de crédito o títulos valores públicos

o privados, asesoramiento financiero, custodia y/o administración y/o realización de operaciones con activos

virtuales o instrumentos que permitan el control sobre los mismos y toda operación permitida por la ley vigente.

No podrá realizar las actividades reguladas por la ley de Entidades Financieras u otras que requieran concurso

público. E) Actividad Inmobiliaria: Mediante la compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento de inmueble,

inclusive las comprendidas dentro del régimen de la ley de propiedad horizontal, así como también toda clase de

operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteos de parcelas y su posterior venta, como

la de unidades resultantes de la Ley N° 13.512, urbanización, fideicomisos, barrios cerrados, clubes de campo,

explotación de parques industriales; pudiendo tomar para la venta o comercialización operaciones inmobiliarias de

terceros y realizar todas las demás operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes del suelo. Las actividades

que en virtud de la materia la requieran, serán ejercidas por profesionales con título habilitante. Asimismo, están

sometidas a las leyes en vigencia que regulan las mismas. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir

derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos, contratos u operaciones que se relacionen directa o

indirectamente con el objeto social sin más limitaciones que las establecidas en la ley, disposiciones reglamentarias

y este contrato social. Autorizado según instrumento privado Acta Asamblea de fecha 04/11/2024

VERONICA LAURA ANDREANI - T°: 117 F°: 376 C.P.A.C.F.

e. 26/11/2024 N° 84141/24 v. 26/11/2024