N° 87528/24 Aviso del Boletín Oficial
IMACOM GRANATE S.R.L.
Texto del aviso
IMACOM GRANATE S.R.L.
Esc. 198 F° 621 03/12/2024, Reg. 1351 CABA. Se constituyó “IMACOM GRANATE S.R.L.”. 1) Pablo Martin JALIFE,
argentino, nacido el 15/06/1979, comerciante, D.N.I. 27.500.476, C.U.I.T. 20-27500476-7, casado, con domicilio
en Burella 2585, departamento “2” de esta Ciudad; y Blanca BAZALAR LANDA, argentina, nacida el 10/03/1973,
casada, comerciante, D.N.I. 19.092.966, C.U.I.L. 27-19092966-9, con domicilio Basualdo 574 de esta Ciudad; 2)
99 años. 3) la realización por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera
de la República Argentina las siguientes actividades: compra venta, permuta, canje, importación, exportación,
comercialización y fabricación de artículos para instalaciones en locales comerciales, perchas percheros,
exhibidores de bijouterie, exhibidores de ropa, maniquíes, por mayor y por menor, de toda clase de productos, sub
productos, accesorios y derivados relacionados a la actividad, componentes de producción y materias primas. A
tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, realizar toda clase
de operaciones financieras, otorgar avales y garantizar obligaciones de terceros, excluyendo las operaciones
comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público, y ejercer todos
los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. 4) $ 3.000.000 dividido en 300 cuotas de
$ 10.000 c/u. 5) Pablo Martin JALIFE suscribe ciento cincuenta (150) cuotas; y Blanca BAZALAR LANDA suscribe
ciento cincuenta (150) cuotas integran en dinero efectivo el 25%, saldo en 2 años. 6) Cierre de ejercicio 30/11. 7)
Sede Social: Burella 2585 dpto “2” CABA. 8) GERENTE: Pablo Martin JALIFE por el plazo de duración, constituye
domicilio especial en la sede social.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 198 de fecha 03/12/2024 Reg. Nº 1351
Enrique Suay - Matrícula: 3912 C.E.C.B.A.
e. 05/12/2024 N° 87528/24 v. 05/12/2024