N° 89083/24 Aviso del Boletín Oficial
SUR FINANZAS GROUP S.A.
Texto del aviso
SUR FINANZAS GROUP S.A.
CUIT 30-71740402-1. Por Acta de Asamblea del 21/11/2024 se resuelve: 1) Aceptar las renuncias de MARIA
FERNANDA SENA ARGIS y GRACIELA BEATRIZ VALLEJO; y designar PRESIDENTE: MAXIMILIANO ARIEL
VALLEJO; y DIRECTORA SUPLENTE: GRACIELA BEATRIZ VALLEJO; Ambos denuncian domicilio especial en
SUIPACHA 472, LOCAL “7”, CABA. 2) Reformar artículo TERCERO, quedando redactado: “ARTÍCULO TERCERO:
La sociedad tiene por objeto realizar en el país o en el exterior por cuenta propia, de terceros y/o asociada
a terceros las siguientes actividades: 1) Inversión de conformidad con lo establecido por el artículo 31 de la
Ley General de Sociedades a cuyo efecto podrá, entre otras actividades inversoras, adquirir participaciones,
acciones, cuotas, derechos y cualquier otro título valor; realizar aportes e inversiones, en forma de préstamo
o de capital, en sociedades constituidas o a constituirse, en la Argentina o en el exterior. La Sociedad podrá
garantizar, incluso mediante fianza, aval, prenda o hipoteca, obligaciones de sociedades en las que sea accionista.
La Sociedad podrá otorgar y tomar préstamos, con garantías reales o personales con o sin garantía; y no podrá
realizar la actividad financiera reservada a las entidades financieras por legislación vigente quedando excluidas
las operaciones reguladas por la ley de entidades financieras y toda otra que requiere el concurso público. Para
el cumplimiento del objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto, pudiendo
establecer cualquier forma asociativa con terceros, constituir uniones transitorias de empresas, joint ventures y
cualquier otro tipo de emprendimientos legalmente aceptados, así como suscribir contratos de fideicomiso en
calidad de fiduciante, fiduciario, beneficiario o fideicomisario. Utilizar esos sistemas para conceder adelantos
de dinero y/o prestamos con o sin garantía, cobrar por cuenta y orden de terceras personas por medio de la
utilización de cuentas recaudadoras a tal fin. 2) Prestadora de Servicios de Transporte de Valores en los términos
previstos por el Texto Ordenado de Transportadoras de Valores emitido por el BCRA por la Comunicación “A” 7447
al 26.01.2022, complementarios y modificatorias, la prestación del servicio de transporte terrestre de valores, que
consiste en el traslado físico de valores propios o de terceros prestado por sí y/o a través de la subcontratación.
Atesoramiento, guarda de dinero de un tercero, debiendo entregarse al momento de la devolución una cantidad
y calidad equivalente. Custodia de Valores, la guarda de valores de un tercero, debiendo entregarse al momento
de la devolución los mismos valores recibidos. Recuento y clasificación de dinero, tarea que se efectúa para
determinar el monto de dinero desagregado por denominación y/o estado, con fines de su registro y exposición en
los medios utilizados para su contención y resguardo. Esta actividad podrá ser desarrollada conjuntamente con el
atesoramiento o de manera autónoma.”. Autorizado según instrumento privado Acta de fecha 21/11/2024
Javier Martin Galella - T°: 100 F°: 245 C.P.A.C.F.
e. 11/12/2024 N° 89083/24 v. 11/12/2024