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N° 89668/24 Aviso del Boletín Oficial

SOMOS VLU S.A.S.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas OTRAS SOCIEDADES jueves, 12 de diciembre de 2024

Texto del aviso

SOMOS VLU S.A.S.

CUIT: 30-71874453-5. Según Reunión de Socios Autoconvocada del 09/12/2024, se resolvió modificar el objeto

social de la Sociedad y, en consecuencia, modificar el Artículo 3° del Estatuto Social, el cual quedará redactado

de la siguiente manera: ““ARTÍCULO 3: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o

asociada a terceros en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, a las siguientes actividades:

a) adquisición, enajenación, importación, exportación, administración, creación e intermediación de bienes y/o

servicios digitales, informáticos, inmateriales, virtuales, tokens y, en general, toda actividad que implique la

comercialización de bienes y/o servicios informáticos; b) creación, desarrollo, organización, administración y

comercialización de plataformas informáticas, páginas web y redes sociales para el intercambio o resguardo

de bienes y/o servicios informáticos, incluyendo la transferencia de divisas, la compra y venta de monedas y

monedas digitales, criptomonedas o activos tokenizados, o la celebración de acuerdos comerciales con

proveedores de activos virtuales (PSAV), siempre que lo permita la normativa aplicable; c) ofrecer productos de

ahorro no convencionales y/o planes de ahorro de automóviles y/o ciclomotores nuevos y/o usados; d) actuar

como proveedor de servicios de pago (PSP) y/o proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago

(PSPCP) y/o como proveedor de servicios de pago que cumple la función de iniciación (PSI), y, en tales caracteres,

gestionar cuentas, sub-cuentas y registros, incluso virtuales y/o de pago, para ordenar y/o recibir cobranzas,

pagos y/o transferencias; e) realización de manera electrónica de pagos, cobranzas (el cual incluirá la cobranza

extrabancaria de impuestos y/o servicios), transferencias, remesas y/o cualquier tipo de operaciones tendientes a

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.566 - Segunda Sección 36 Jueves 12 de diciembre de 2024

cumplir mandatos por cuenta y orden de terceros, incluyendo el ofrecimiento de billeteras virtuales, bajo cualquier

función dentro del sistema de pagos y/o de cualquier esquema de pagos y/o transferencias; f) la participación en

el capital social de otras sociedades, incluyendo aquellas que realicen servicios complementarios de los servicios

financieras permitidos por el Banco Central de la República Argentina; g) la realización de toda clase de operaciones

financieras por todos los medios autorizados por la legislación vigente, incluyendo la financiación y adelanto de

pagos, cobros, consumos y/o transferencias, quedando expresamente excluidas las actividades reguladas por la

Ley de Entidades Financieras N° 21.526 (según fuera modificada y/o complementada en el futuro), salvos las aquí

mencionadas expresamente; h) emisión, administración, procesamiento, liquidación, aceptación, adquirencia,

sub-adquiriencia y gestión de cualesquier medios e instrumentos de pago, incluso electrónicos, presenciales y

no-presenciales, existentes o a crearse en el futuro, incluyendo la emisión de tarjetas de crédito y/o tarjetas de

pago, tanto físicas como virtuales; i) gestión de información, registros y transacciones de comercio electrónico de

productos y/o servicios o sin una finalidad comercial o específica; y j) diseño, desarrollo, implementación, gestión,

comercialización, licenciamiento, instalación, mantenimiento, consultoría, exportación e importación de sistemas,

software, hardware, aplicaciones, programas, dispositivos, aparatos, lectores de captura, procesos y plataformas

informáticas, y servicios asociados a los mismos. Para llevar adelante el objeto descripto, la sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, asociarse con terceros, participar y adquirir

participaciones en sociedades, asociaciones y joint ventures, garantizar obligaciones propias y/o de terceros,

dar y contraer crédito, ejercer mandatos, fiducias y comisiones, y ejecutar todos los actos que no se encuentren

expresamente prohibidos por la normativa aplicable o por este estatuto”. Autorizado según instrumento privado

Reunión de Socios de fecha 09/12/2024

María Fernanda Mierez - T°: 65 F°: 429 C.P.A.C.F.

e. 12/12/2024 N° 89668/24 v. 12/12/2024