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N° 91080/24 Aviso del Boletín Oficial

FRACHT ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 17 de diciembre de 2024

Texto del aviso

FRACHT ARGENTINA S.A.

CUIT 30714168777. La asamblea del 23.4.2023 reformó el artículo 3 del estatuto que quedó así: La sociedad

tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en el país (incluidas sus zonas

francas creadas o a crearse) o en el exterior a la coordinación de servicios, explotación, comercialización de todos

los servicios y operaciones de transporte nacional o internacional de cargas, encomiendas y correspondencias,

ya sea por vía terrestre, aérea, fluvial o marítima y a todo lo vinculado con la actividad del transporte nacional o

internacional; prestación de servicios como agentes marítimos y de compañías de seguros, despachantes de

aduana, en la forma prevista por las leyes y reglamentaciones que regulen esas profesiones y actividades. A

tal fin podrá: 1) Desempeñarse como agente local y recaudador de Fracht AG y/o sus empresas del grupo y/o

sucursales de todas partes del mundo, para la concertación y gestión de negocios de flete internacional, conforme

a los términos y condiciones contractuales que se establezcan de forma expresa; 2) Dedicarse a la exportación,

importación, distribución, consignación y/o representación de toda clase de bienes, productos, subproductos,

semovientes y/o frutos del país o del extranjero, mercaderías, maquinarias, equipos, repuestos, y cuantos más

bienes sean susceptibles de importarse o exportarse de acuerdo con las normas legales vigentes, en su carácter

de titular de los mismos, como mandataria, consignataria, representante o distribuidora, 3) Realizar los trámites

y gestiones ante los organismos administrativos que correspondan para la importación o exportación de bienes

y productos, desempeñando toda clase de mandatos, representaciones y comisiones; asesoramiento integral

en materia de comercio exterior; 4) Representación de empresas de navegación marítima y/o fluvial. A tal fin

la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todo acto o

contrato no prohibido por las leyes o por el presente estatuto. Autorizado según instrumento privado Acta de

Asamblea de fecha 23/04/2023

Mariana Mabel Lantaño - T°: 89 F°: 96 C.P.A.C.F.

e. 17/12/2024 N° 91080/24 v. 17/12/2024