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N° 90821/24 Aviso del Boletín Oficial

IKARUS SEGURIDAD S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 17 de diciembre de 2024

Texto del aviso

IKARUS SEGURIDAD S.R.L.

CONSTITUCIÓN por instrumento privado del 13/12/2024: SOCIOS: Leonardo Gabriel RODRIGUEZ OLGUINS, DNI

29.564.385, CUIT 20-29564385-5, Argentino, nacido el 03/06/1982, Empresario, soltero, domicilio Fitz Roy Nº 1450,

3° piso, departamento “A”, CABA y Braian Ezequiel ZEC, Argentino, nacido el 05/02/1988, soltero, empresario,

DNI 33.782.266, CUIT 20-33782266-6, domicilio Guatemala N° 5648, 4° piso, departamento “412”, CABA. SEDE

SOCIAL: Guatemala N° 5648, 4° piso, departamento “412”, CABA.- CAPITAL: $ 10.000.000 dividido en MIL cuotas

partes de pesos DIEZ MIL $ 10.000 de valor nominal cada una, y de un voto por cuota, totalmente suscriptas

por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Leonardo Gabriel RODRIGUEZ OLGUINS, suscribe DOSCIENTAS

SESENTA (260) cuotas partes y Braian Ezequiel ZEC, suscribe SETECIENTAS CUARENTA (740) cuotas partes.-

INTEGRACION 25%. CIERRE EJERCICIO: 31/12. DURACIÓN: 99 años. SOCIO GERENTE: Leonardo Gabriel

RODRIGUEZ OLGUINS, acepta cargo y constituye domicilio especial en su domicilio real. Duración: término de la

sociedad. OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en

el país o en el extranjero, las siguientes actividades: Vigilancia privada, seguridad de personas y de bienes que se

encuentren en lugares fijos; seguridad, custodia o portería prestada en locales bailables, confiterías y todo otro

lugar destinado a la recreación; Custodias personales, acompañamiento y protección de personas determinadas;

Custodia y transporte de bienes y valores, transporte, depósito, custodia, recuento y clasificación de billetes, títulos,

valores y mercaderías en tránsito; Vigilancia con medios electrónicos, ópticos y electroópticos, diseño, instalación

y mantenimiento de dispositivos centrales de observación, registro de imagen, audio o alarmas, así como cualquier

otro dispositivo de control que incumba al área de seguridad; Tareas de control de admisión y permanencia

de público en general en eventos y espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento en general, que se

celebren o realicen en estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes y todo otro lugar de entretenimiento

de público en general, aun cuando éstos se encuentren situados en espacios abiertos, en la vía pública, en

zonas marítimo-terrestres o portuarias o en cualquier otra zona de dominio público; Prestar estos servicios y de

seguridad en general a empresas o instituciones privadas o públicas del estado Nacional, Provincial o Municipal

y en espacios públicos cuando estuviera autorizado por la normativa en materia de seguridad y/o la Autoridad de

Aplicación. Los servicios serán prestados con o sin uso de armas conforme lo autorice la legislación vigente y en

cumplimiento de la normativa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados-ANMaC. En la ciudad de Buenos

Aires la sociedad actuará conforme lo normado por las leyes Nº 5688 y Nº 4010 de esta ciudad y por la ley Nacional

Nº 26.370 y las que en el futuro las modifiquen o complementen.- En la provincia de Buenos Aires la sociedad tiene

por objeto dedicarse en forma exclusiva a las actividades autorizadas por el artículo segundo de la ley provincial

12.297 y las que en el futuro la modifiquen o complementen: 1) Vigilancia y protección de bienes; 2) Escolta y

protección de personas; 3) Transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito, a excepción

del transporte de caudales; 4) Vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales

bailables y otros eventos o reuniones análogas; 5) Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar

o desincriminar a una persona siempre que exista una persecución en el ámbito de la justicia por la comisión

de un delito y tales servicios sean contratados en virtud de interés legítimo en el proceso penal.- Importación y

exportación de todo tipo de bienes muebles, registrables o no, que fuera permitido por las disposiciones legales

en vigencia y su compraventa y comercialización, y ejercer y otorgar mandatos, representaciones, consignaciones

y distribución de los bienes.- Autorizado según instrumento privado CONSTITUCION de fecha 13/12/2024

Hernán Diego Leeds - T°: 075 F°: 0323 C.P.A.C.F.

e. 17/12/2024 N° 90821/24 v. 17/12/2024