N° 90202/24 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 17 a mi cargo,
sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 3 de diciembre de 2024 en
los autos “GARABAS S.A. S/ QUIEBRA” (Exp. Nro. 12263/2020) se decretó la quiebra de Garabas S.A. (CUIT 30-
70749436-7) con domicilio en la calle Fitz Roy 2179, CABA, inscripta en el Registro Público de Comercio a cargo de
la IGJ bajo el N° 1184 del L° 13 con fecha 23.01.01. Hasta el 08.04.25 podrán los acreedores con asistencia letrada
ingresar digitalmente sus insinuaciones junto con toda la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 1, a cuyo fin
deberán dar estricto cumplimiento a lo dispuesto con fecha 03.12.24 a lo que se remite (v. pto. 2 ap. “i”). En tal inc.
deberán también formularse digitalmente las observaciones que se formulen en los términos del art. 34 LCQ y sus
contestaciones según lo autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto en el art. 32 LCQ deberá abonarse por
transferencia a la cuenta identificada con CBU 0290058210000000227707 de titularidad de María Cristina Pomm
(CUIT 27-10633257-1). A los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte papel los acreedores que no
cuente con asistencia letrada deberán solicitar turno a la síndico María Cristina Pomm -con domicilio en la calle
Viamonte 1337 Piso 2° B, CABA y tel. -4372-8135 y celular 1141407257/1153153378- mediante el envío de mail a la
dirección: concursos.drapomm@gmail.com. A tal fin deberán dar estricto cumplimiento a las pautas fijadas en el
pto. 2 ap. “i” del decisorio de fecha 03.12.24 a lo que se remite. La síndico presentará los informes que disponen
los arts. 35 y 39 los días 26.05.25 y 10.07.25 -respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence
el 09.06.25. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el 03.07.25 a las 8 hs. en la sala de audiencias del
tribunal. Se intima a la fallida y a 3ros. para que entreguen al síndico los bienes del deudor que tengan en su poder
y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímese al deudor
y a sus administradores para que dentro de las 48 hs. cumplan los requisitos a previstos por el art. 86 LCQ y
constituyan domicilio procesal en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados
del Juzgado. Buenos Aires, 12 de diciembre de 2024. PAULA MARIA HUALDE Juez - CLAUDIO MARJANOVIC
TELEBAK SECRETARIO
e. 13/12/2024 N° 90202/24 v. 19/12/2024