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N° 91591/24 Aviso del Boletín Oficial

SANGIRA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 19 de diciembre de 2024

Texto del aviso

SANGIRA S.A.

30-71622354-6. Por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 29/07/2021, se resolvió aumentar el capital

social en la suma de pesos diecinueve millones novecientos mil ($ 19.900.000), elevándose el mismo a la suma

de pesos veinte millones ($ 20.000.000) emitiéndose un millón novecientas noventa mil acciones, ordinarias,

nominativas, no endosables, de valor nominal pesos diez ($ 10) por acción y con derecho a un voto. por acción.

En el mismo acto se resolvió reformar el artículo cuarto “El capital social de la sociedad es de veinte millones

($ 20.000.000) y está representado por dos millones (2.000.000) de acciones ordinarias, nominativas no endosables

de valor nominal Pesos diez ($ 10) cada una y con derecho a un voto por acción. El capital puede ser aumentado por

decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme el art 188 de la Ley 19.550, publicado

e inscripto en el Registro Público de Comercio. La asamblea que decida el citado aumento podrá delegar en

el Directorio la época de emisión, la forma y condiciones de pago de las nuevas acciones. Todo aumento de

capital deberá elevarse a escritura pública”. Por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 16/08/2022, se

resolvió aumentar el capital social en la suma de pesos veinte millones ($ 20.000.000), elevándose el mismo a la

suma de pesos cuarenta millones ($ 40.000.000) emitiéndose dos millones de acciones, ordinarias, nominativas,

no endosables, de valor nominal pesos diez ($ 10) por acción y con derecho a un voto. por acción. En el mismo acto

se resolvió reformar el artículo cuarto: El capital social de la sociedad es de cuarenta millones ($ 40.000.000) y está

representado por cuatro millones (4.000.000) de acciones ordinarias, nominativas no endosables de valor nominal

Pesos diez ($ 10) cada una y con derecho a un voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la

asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme el art 188 de la Ley 19.550, publicado e inscripto en el

Registro Público de Comercio. La asamblea que decida el citado aumento podrá delegar en el Directorio la época

de emisión, la forma y condiciones de pago de las nuevas acciones. Todo aumento de capital deberá elevarse a

escritura pública”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 16/08/2022

Silvina Ruth Framdlich - T°: 71 F°: 539 C.P.A.C.F.

e. 19/12/2024 N° 91591/24 v. 19/12/2024