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N° 92596/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO FEDERAL DE RAFAELA – SECRETARÍA CIVIL Y COMERCIAL

Edictos Judiciales martes, 24 de diciembre de 2024

Texto del aviso

JUZGADO FEDERAL DE RAFAELA – SECRETARÍA CIVIL Y COMERCIAL

En los autos FRO 029740/2023 ASOCIACIÓN CIVIL PARA LA PROTECCIÓN Y EDUCACIÓN DEL CONSUMIDOR

C/ ASOCIACIÓN MUTUAL SANCOR SALUD S/ LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR en trámite ante el Juzgado

Federal de Rafaela, Juzgado Federal de Rafaela – Sec. Civil y Comercial, sito en la calle 25 de Mayo 121 de dicha

ciudad (Pcia. De Santa Fe) se ha resuelto, con fecha 6 de diciembre de 2024, la homologación de un acuerdo

transaccional que comprende a la totalidad de los asociados y ex asociados de los todos los planes de salud, de

todo el país, brindados por ASOCIACIÓN MUTUAL SANCOR SALUD a quienes se les hayan cobrado sumas de

dinero y sus actualizaciones, por el concepto “SUBSIDIO COBERTURA SUPERADORA PARA MEDICAMENTOS”

por el plazo de prescripción de ley. En definitiva, alcanza a aquellos asociados que tenían o tienen contratados

Planes de Salud cuyas coberturas para medicamentos resultan o resultaban superiores al 40% previsto en la

normativa y a quienes Sancor Salud les siguió brindando la misma cobertura contra el pago del concepto en

cuestión con el fin de que puedan mantener la cobertura en los términos y condiciones iniciales. Incluyéndose

autónomamente en dicho colectivo a todos aquellos que lo hubiesen pagado sin ningún preaviso previo en el

mes de Noviembre de 2023.Según este acuerdo, ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD, sin reconocer hechos

ni derecho alguno, se compromete a congelar el valor de la cuota del “SUBSIDIO COBERTURA SUPERADORA

PARA MEDICAMENTOS” para aquellos asociados existentes como tales en el mes Noviembre de 2023, y además

para todos aquellos que hayan adherido al subsidio en los meses subsiguientes. La estabilidad de dicho valor se

extenderá por un lapso equivalente a dos periodos mensuales consecutivos a computarse a partir del mes de

vencimiento siguiente a la homologación del presente acuerdo. Además, SANCOR SALUD emitirá a favor de los

asociados consumidores que pagaron sumas de dinero por el concepto denominado “SUBSIDIO COBERTURA

SUPERADORA PARA MEDICAMENTOS desde Noviembre de 2023 en adelante un bono o cupón por un $ 3.000

que aquellos deberán utilizar en la Red Farmavitus (https://farmavitus.tiendasancorsalud.com.ar). Dicho bono o

cupón tendrá una vigencia de 6 (seis) meses a computarse desde la fecha de homologación del presente acuerdo.

En el caso de los ex asociados que hayan pagado aunque sea un mes hasta su baja, la propuesta anteriormente

descrita para asociados vigentes, le será efectiva inmediatamente a su reingreso, operado este con un plazo de

caducidad de un año a contar desde la homologación del presente. Todo lo antedicho reiterándose las remisiones

de condiciones generales de contratación y previéndose la información previa al cambio de en los precios que

pudiese sucederse hacia el futuro y en los términos de ley. La homologación firme de este acuerdo hará cosa

juzgada en los términos y al alcances del art. 54 ley 24.240. MARCELO MARTIN BAILAQUE Juez - FRANCISCO

BELLITTI SECRETARIO

e. 23/12/2024 N° 92596/24 v. 26/12/2024